REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Mérida, veinte de Enero del dos mil nueve.-
198º y 149º
Vista la diligencia de fecha 14-01-09, suscrita por el Abogado MARIO DIAZ GARCIA, en su carácter de autos, se acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, desglósense el instrumento Poder que obra inserto a los folios 3 y 4; contrato de arrendamiento que riela a los folios del 5 al 16 y de los recibos que rielan en los folios del 17 al 68, del presente expediente, y a los que hizo mención el diligenciante, dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas. Para la elaboración del correspondiente fotostato se autoriza a la Ciudadana YADIRA RAMIREZ, e insértese el contenido del presente auto al pie de dicha certificación.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.
EN LA MISMA FECHA SE CUMPLIO CON LO ORDENADO.-
Sria. Tit.,