REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

CIBIDO HOY, TREINTA (30) DE ENERO DE DOS MIL NUEVE (2.009), EN HORAS DE DESPACHO, CONSTANTE DE UN (01) FOLIO UTILIZADO Y SUS ANEXOS EN CATORCE (14) FOLIOS UTILIZADOS.-

SRIA TIT.

JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Treinta (30) de Enero de Dos Mil Nueve (2.009).-

198º y 149º
Por recibido, fórmese expediente, désele entrada y el curso de ley correspondiente y vista la demanda intentada por: INMOVIVIENDA BIENES RAICES S.R.L., a través de su Representante Legal Abg. LOURDES VALENTINA MOLINA RIVAS. Contra: DELIA AURORA ALBORNOZ PEREZ. Por: VENCIMIENTO DE PRORROGA LEGAL. Se admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público y a las buenas costumbres. En consecuencia, emplácese a la parte demandada de autos, para que comparezca por ante este Despacho en el SEGUNDO DIA HABIL siguiente a aquel en que conste en autos su citación, en horas de Despacho y de contestación a la demanda que hoy se providencia u oponga las defensas que le asisten.- Para la citación personal de la parte demandada, compúlsese el libelo de la demanda con su auto de comparecencia al pie y entréguese al Alguacil de este Despacho a fin de que practique la citación ordenada. En cuanto a la Medida Preventiva solicitada éste Tribunal ordena la apertura de Cuaderno separado de Secuestro en el cual se resolverá lo conducente
LA JUEZ TEMPORAL,

ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO
LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.

En la misma fecha se formó expediente, se le dio entrada bajo el N° 6.358, se libraron recaudos de citación.-


SRIA TIT,