TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 03. MÉRIDA, ONCE DE  FEBRERO DE  DOS MIL NUEVE.---------------------------------
 
 
198º          149º
 
 
Vista la diligencia que antecede al folio 65, suscrita por la ciudadana FANNY DEL CARMEN HERNANDEZ RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.020.912, asistido por la abogada en ejercicio VILMA KAIBAY MONSALVE,  en su  condición de  Fiscal Décima Quinta  del Ministerio Público del estado Mérida, en la cual desiste del presente procedimiento, en consecuencia, éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DA POR TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, en razón de que no es contraria a derecho y verse sobre derechos disponibles, todo de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente el Desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda, antes de que transcurran noventa (90) días, de conformidad con el Artículo 266 Ejusdem. CÚMPLASE.
 
 
LA JUEZA TITULAR Nº 03
 
 
ABOG. MARIA ISABEL ROJAS DE ECHEVERRÍA
 
 
LA SECRETARIA TITULAR
 
 
ABG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS
 
 
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
 
LA SRIA.                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                      
 
Jaa
 
Exp. 17532
 
 
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