TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 02 Mérida, Dieciocho de Febrero del año dos mil nueve.-
198º y 149º
Revisado como ha sido el presente expediente y vista el acta de fecha 11-02-2009, levantada a los ciudadanos ROSALINO PUENTE DAVILA y EMILTA MARIA LEON BENAVIDES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-16.443.360 y V-16.601.746, domiciliados el primero en la Pedregosa Alta Sector Los Dávila, casa s/n y la segunda en la Urbanización Carabobo, Sector Santa Catalina Calle los Azules casa s/n, quienes son los padres biológicos de los niños OMITIR NOMBRES, en su orden de seis (06) y cuatro (04) años de edad, los padres manifestaron que la situación ha mejorado notablemente, que los niños se encuentran bajo la custodia del padre, pero con comunicación semanal con la madre, con quien pasa el fin de semana y un día que tiene libre; que ambos se han puesto de acuerdo de facilitar la atención a sus hijos con la actitud de que una vez que la madre alquile una casa los tendrá bajo su custodia y la asistencia y colaboración del padre, por lo que solicitan el cierre y archivo del expediente. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 07992. DEMANDANTE: PUENTE DAVILA ROSALINO. DEMANDADO: LEON BENAVIDES EMILTA MARIA. MOTIVO: REGLAMENTACIÓN DE REGIMEN DE VISITAS. Procedencia: Fiscalia Novena del Ministerio Público del Estado Mérida. Fecha de Entrada: 18 de Septiembre del 2003. CÚMPLASE.
LA JUEZ TITULAR DE JUCIIO Nº 02
ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior
LA SRIA
Exp. 07992
Fm/
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