TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 02. Mérida, Cuatro de Febrero del año dos mil nueve.-
198º y 149º
Vista el acta de fecha 27-01-2009, levantada al ciudadano EDISON ANTONIO LOPEZ EYZAGUIRRE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.226.718, domiciliado en El Boque Calle El Tijar Quinta Kurakota, quien manifestó al Tribunal que su nieta OMITIR NOMBRE, de catorce (14) años de edad, se encuentra domiciliada desde hace 5 años en la ciudad de Barquisimeto Estado Lara, estudia noveno grado en el Colegio Las Salle y convive con su madre Betania López Agreda, manteniendo una buena relación familiar, por lo que solicita se cierre y archive el expediente, ya que su nieta esta con su madre y mantiene comunicación esporádica con su padre, quien se encuentra domiciliado en Colorado Denver E.E.U.U.; en consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: El cierre y archivo del presente expediente Nº 4074 DEMANDANTES: LOPEZ AGREDA BETANIA (MADRE) y OMITIR NOMBRE (NIÑA) MOTIVO: COLOCACIÓN FAMILIAR. PROCEDENCIA: DEFENSA PUBLICA DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO MERIDA. FECHA DE ENTRADA: 18-01-2002. CÚMPLASE.
LA JUEZA TTITULAR UNIPERSONAL Nº 02
ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMIREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior
LA SRIA
Exp. 4074
Fm/
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