REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veintisiete de febrero de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO: LP21-L-2009-000043


ACTA DESISTIMIENTO


PARTE ACTORA:
CARLOS ENRIQUE MORENO DAVILA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad número V- 16.933.426.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA:
SOFIA SANTIAGO OSORIO, YUSMERI PEÑA DAVILA, KENIA DALY VALERO MEZA Y JOSE YOVANNY ROJAS LACRUZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 120.357, 117.835, 97.452 y 58.046, respectivamente.
PARTE DEMANDADA:
LA PEQUEÑA VENECIA DE CARMEN JAURIT RIVERO SUESCUM.
MOTIVO:
Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales.



En el día hábil de hoy veintisiete (27) de febrero de dos mil nueve (2.009), siendo las 9:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales; se deja expresa constancia que no compareció la parte actora CARLOS ENRIQUE MORENO DAVILA, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.

La Juez,

Abg. Yajaira Rojas de Ramírez


La Secretaria,


Abg. María Alejandra Gutiérrez