REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA. El Vigía, dieciocho (18) de Febrero de dos mil nueve.--------------------------------------------------------------------------------------------------
198º y 149º
Vista la solicitud de Separación de Cuerpos de fecha 04 de Noviembre del año dos mil ocho, presentados por los ciudadanos NAYARIT DARLEY CARDENAS SILVA y LUIS ALFREDO ATENCIO ATENCIO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, entre si, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.845.952 y Nº V.-18.374.298, en su orden, domiciliada la primera en la Urbanización El Paraíso, Calle 2 con Avenida 4, de la Ciudad de El Vigía Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y el segundo en el Sector San Marcos, Avenida 1 entre Calles 5 y 6, Casa Nº 5-36, de la Ciudad de El Vigía Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, asistidos por el abogado en ejercicio EVER DE J. VILLASMIL R, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.769. La Jueza después de haber hecho a los exponentes: NAYARIT DARLEY CARDENAS SILVA y LUIS ALFREDO ATENCIO ATENCIO, las advertencias y consideraciones necesarias para mantener el matrimonio, sin haberlo logrado, acuerda proceder con arreglo a lo dispuesto en los Artículos 188, 189 y 190 del Código Civil y el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia y como los exponentes dicen que es su propósito Separarse de Cuerpos, declara consumada dicha separación y suspendida entre ellos la vida en común, quedando en vigencia el Régimen Familiar y Económico que se han impuesto. Conforme a la presente solicitud que riela al folio 01 y 02 del Expediente Nº 4814, expídanse por Secretaría sendas copias certificadas de la manifestación y del presente auto, para ser entregadas a cada uno de los interesados. CÚMPLASE.---------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL
ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA.
NAYARIT DARLEY CARDENAS SILVA
LUIS ALFREDO ATENCIO ATENCIO
EVER DE J. VILLASMIL R
ABOGADO ASISTENTE
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
POLIT. XIOMARA VIVAS VEGA.
EXP. 4814.-
cavm.-