REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- MERIDA, doce (12) de Febrero de dos mil nueve (2.009).-

198° y 149°

Vista la diligencia que corre inserta al folio dieciséis (16), de fecha diez (10) de Febrero de dos mil nueve (2.009), suscrita por el Abogado en Ejercicio JAIRO VENANCIO RANGEL MUÑOZ, Apoderado Judicial del ciudadano JORGE DE JESUS ARANGUREN BECERRA, plenamente identificados en autos, donde desiste del presente procedimiento en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentara contra LUIS BELTRAN TORRES BRICEÑO. En tal sentido solicita al Tribunal se sirva HOMOLOGAR dicho acto de composición procesal. En consecuencia, este Despacho, luego de un riguroso y minucioso análisis del punto que conforma esta manifestación de voluntad, llega a la conclusión, que la misma no vulnera el orden público, ni trasgrede ninguna disposición legal, premisas constitucionales éstas de indubitable cumplimiento para una sana, recta administración de justicia, según lo establecido en los Artículos 26, 49, 253, 254, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por consiguiente es forzoso concluir que se acuerda y así se decreta de conformidad con lo previsto en el artículo 263 de la Vigente Ley Adjetiva Civil, HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO suscrito, impartiéndole el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, así mismo, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. CUMPLASE.---------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,



ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
EL SECRETARIO,




ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA


EXP. N° 2.329.-
MUR/yo.-


EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA, CERTIFICA: Que la anterior copia fotostática es fiel y exacta de su original por haberla tenido a la vista y constatado detenidamente su contenido, y que se encuentran inserta al folio diecisiete (17), del Expediente Civil signado bajo el Nº 2.329.- DEMANDANTE: JORGE DE JESUS ARANGUREN BECERRA ASISTIDO POR EL ABOGADO EN EJRCICIO JAIRO VENANCIO RANGEL MUÑOZ DEMANDADO: LUIS BELTRAN TORRES BRICEÑO.- MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.- FECHA DE ENTRADA: 20 DE DICIEMBRE DE 2.004. Certificación que se expide en la ciudad de Ejido, a los doce (12) días del mes de Febrero del año dos mil nueve (2.009).--------------------------------------------------------------------------------------




ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA
EL SECRETARIO











MUR/yo.-