REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Ejido, trece (13) de febrero del año dos mil nueve (2.009).-
198° y 149°
Por cuanto de la revisión de las actuaciones procesales que conforman el presente cuaderno principal, se observa que el mismo presenta tachaduras no salvadas en la numeración de su foliatura del folio veintidós (22) al veintinueve (29), este Tribunal de conformidad con el artículo 25 y 109 del Código de Procedimiento Civil, ordena se deje constancia por Secretaria de lo testado y corregido.-------------
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
EL SECRETARIO
ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA
En cumplimiento de lo ordenado en el auto que antecede, el suscrito Secretario de este Juzgado ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA, de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil, HACE CONSTAR: Que este expediente presenta tachadura en la numeración de su foliatura a partir del folio veintidós (22) al veintinueve (29), Finalmente hago constar que la numeración testada “no vale”, en virtud de que la correcta es la que no se encuentra tachada.----------------------------------------------------------------
EL SECRETARIO
ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA
MUR/jm.-
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, trece (13) de febrero del año dos mil nueve (2.009).-
198° y 149°
Vista la oposición interpuesta en fecha diez (10) de febrero del año dos mil nueve (2.009), por el ciudadano HECTOR FABIO SALAZAR GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 14.990.395, de este domicilio y hábil, debidamente asistido por los Abogados en Ejercicio FANNY MARGARITA CRUZ CLEMENTE y ARMANDO JOSE COLINA ROJAS, identificados con los Inpreabogados Nros. 28.1879 y 31.413, respectivamente, en su carácter de vendedor, parte demandada y notificada en la Entrega Material, así como también la oposición hecha en fecha once (11) de febrero del año dos mil nueve (2.009), por el ciudadano Abogado en Ejercicio ASDRÚBAL EBERTO LEO PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.044.642, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.060, con domicilio procesal en el Edificio Don Carlos, calle 25, entre avenidas 3 y 4, 2do piso, oficina 2-E, de la ciudad de Mérida Estado Mérida y hábil, actuando en su propio nombre y con el carácter de tercero opositor, a la Entrega Material solicitada por el ciudadano ALVARO DE JESUS ROJAS ZERPA, debidamente asistido por la Abogada en Ejercicio CAROLINA COROMOTO MENDEZ, todos plenamente identificados en autos. En consecuencia, remítase original con todas sus resultas de la comisión de ENTREGA MATERIAL, signada bajo el Nº 4.327-2.008, nomenclatura interna de este Despacho, al JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, para que conozca y decida sobre la misma. Así mismo, se ordena expedir por secretaría copias debidamente certificadas de los folios uno (01) al cincuenta y cuatro (54) y sus respectiva carátula la cual será entregadas a las partes opositoras de autos antes mencionadas.- Remítase con oficio.- CUMPLASE.----------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON. EL…
… SECRETARIO,
ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, se remite constante de cincuenta y cuatro (54) folios útiles con oficio Nº 2690-098, del libro respectivo. —
SANCHEZ MOLINA SRIO.
MUR/jm.-
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.-
Ejido, 13 de febrero del año 2009.-
198° y 149°
OFICIO. Nº 2690-098.-
CIUDADANO.-
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.-
SU DESPACHO.-
Tengo el agrado de dirigirme a Usted, en la oportunidad de remitir adjunto al presente oficio, Solicitud de Entrega Material, contentiva de una pieza, constante de cincuenta y cuatro (54) folios útiles, la comisión N° 4.327-2.008, en donde el ciudadano HECTOR FABIO SALAZAR GARCIA, debidamente asistido por los Abogados en Ejercicio FANNY MARGARITA CRUZ CLEMENTE y ARMANDO JOSE COLINA ROJAS, hiciera oposición en fecha diez (10) de febrero del año dos mil nueve (2.009). Así mismo, la oposición hecha por el ciudadano Abogado en Ejercicio ASDRÚBAL EBERTO LEO PEÑA, actuando en su propio nombre como tercero opositor, a la Entrega Material solicitada por el ciudadano ALVARO DE JESUS ROJAS ZERPA, debidamente asistido por la Abogada en Ejercicio CAROLINA COROMOTO MENDEZ, todos plenamente identificados en autos.- DEMANDANTE: ALVARO DE JESUS ROJAS ZERPA.- DEMANDADO: HECTOR FABIO SALAZAR GARCIA.- MOTIVO: ENTREGA MATERIAL.-
Remisión que se hace a los fines, de que conozca y decida de dicha oposición.-
ATENTAMENTE;
ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON.
JUEZA TEMPORAL
Anexo lo indicado.- MUR/jm.-