REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA

En horas de Despacho del día de hoy, seis (06) de febrero del año dos mil nueve (2.009), siendo las once (11:00 am) de la mañana día y hora fijados por el Tribunal para que tenga lugar el acto de la comparecencia del testigo ciudadano VICTOR ALFONSO LOPEZ URBINA, en el juicio llevado por este Tribunal Signado con el N° 2.618, cuya partes son: DEMANDANTE: JOSE SIMON QUINTERO SUESCUN ASISTIDO POR LOS ABGS. JOHNATTAN MICHEL QUINTERO ZAMBRANO y JUAN G. ZERPA BECERRA.- DEMANDADO: JOSE FERMIN RONDON ROJO.- MOTIVO: CUMPLIMIENTO POR VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL.- Se abrió el acto previo el pregón de Ley dado por el Alguacil a las puertas del Despacho, y por cuanto el mencionado testigo no se hizo presente el Tribunal DECLARA DESIERTO EL ACTO. Se deja constancia que para el momento del acto no se encontraban presentes las partes ni por si, ni por intermedio de Apoderado Judicial.- Se Termino, se leyó y conforme firman.----------
LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. MARÍA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON.
EL SECRETARIO,


ABG. JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA









MMUR/jlsm/jm.-
EXP. N° 2.618.-


En horas de Despacho del día de hoy, seis (06) de febrero del año dos mil nueve (2.009), siendo las nueve (09:00 am) de la mañana día y hora fijados por el Tribunal para que tenga lugar el acto de la comparecencia del testigo ciudadano PUENTE PEREZ OSWALDO ALY. Se abrió el acto previo el pregón de Ley dado por el Alguacil a las puertas del Despacho, se hizo presente un ciudadano que estando legalmente juramentado dijo ser y llamarse como quedo escrito, venezolano, de 29 años de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 15.356.342, de profesión Chofer, domiciliado en la Urbanización José Adelmo Gutiérrez, calle Principal, casa sin numero, Ejido Estado Mérida y civilmente hábil. Impuesto de las disposiciones de Ley relativas a la Inhabilidad de testigos manifestó no tener impedimento alguno para declarar. Se encuentra presente el Abogado en Ejercicio EDGAR AMANDO HERNANDEZ SÁNCHEZ, quien se identifico con el Inpreabogado bajo el N° 17.721, parte representante de la parte demandada en el presente Juicio y promovente de la prueba. La parte promovente con el derecho de palabra procede a interrogar al testigo de la siguiente manera. PRIMERA PREGUNTA: Diga el testigo sobre generales de Ley. CONTESTO: no me comprende. SEGUNDA PREGUNTA: Diga el testigo si conoce suficientemente de vista trato y comunicación a los señores JOSE FERMÍN RONDON y JOSE QUINTERO. CONTESTO: si los conozco el señor Fermín es vecino y lo conozco y el otro lo conozco de vista pero de trato no. TERCERA PREGUNTA: Diga el testigo si por el conocimiento que de ellos dice tener sabe y le consta que JOSE FERMIN RONDON es el inquilino o arrendatario de un inmueble propiedad del señor JOSE QUINTERO. CONTESTO: si se y me consta porque el propietario es el señor JOSE QUINTERO y el señor JOSE RONDON tiene una venta de perros calientes en donde yo asiduamente voy a consumir. CUARTA PREGUNTA: Diga el testigo si sabe y le consta que el señor JOSE QUINTERO le manifestó al señor JOSE RONDON, que le iba aumentar el arriendo y que si no lo hacia lo mandaría a desocupar, y que se podía quedar viviendo en esa casa el tiempo que quisiera porque el no la necesitaba. CONTESTO: si que se podía quedar ahí si aumentaba el arriendo pero igual a partir del 9 de noviembre d 2008, le dijo que se quedara viviendo por el tiempo que quisiera y que después cuadraban lo del arrendamiento. QUINTA PREGUNTA: Diga el testigo si sabe que el contrato de arrendamiento que tenían los dos se prorrogo indefinidamente. CONTESTO: si yo vi cuando el señor JOSE QUINTERO le dijo a Fermín que quedaba prorrogado el contrato. No hay más preguntas.- Es todo. Se termino, se leyó y conforme firman.----------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
EL TESTIGO


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ABG. PARTE DEMANDADA

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EL SECRETARIO,



ABG. JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA.


MMUR/jlsm/jm.-
EXPEDIENTE N° 2.618.-




En horas de Despacho del día de hoy, seis (06) de febrero del año dos mil nueve (2.009), siendo las diez (10:00 am) de la mañana día y hora fijados por el Tribunal para que tenga lugar el acto de la comparecencia del testigo ciudadano HERNANDEZ ROJAS JHON WALTER. Se abrió el acto previo el pregón de Ley dado por el Alguacil a las puertas del Despacho, se hizo presente un ciudadano que estando legalmente juramentado dijo ser y llamarse como quedo escrito, venezolano, de 21 años de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 18.798.592, de profesión Albañil, domiciliado en la Urbanización José Adelmo Gutiérrez, en la entrada, casa sin numero, Ejido Estado Mérida y civilmente hábil. Impuesto de las disposiciones de Ley relativas a la Inhabilidad de testigos manifestó no tener impedimento alguno para declarar. Se encuentran presentes los Abogados en Ejercicio EDGAR AMANDO HERNANDEZ SÁNCHEZ, quien se identifico con el Inpreabogado bajo el N° 17.721 y JASMIN DINORA MARIN GARCIA, quien se identifico con el Inpreabogado bajo el N° 100.316, parte representante de la parte demandada en el presente Juicio y promovente de la prueba. La parte promovente con el derecho de palabra procede a interrogar al testigo de la siguiente manera. PRIMERA PREGUNTA: Diga el testigo sobre generales de Ley. CONTESTO: no me comprende. SEGUNDA PREGUNTA: Diga el testigo si conoce suficientemente de vista trato y comunicación a los señores JOSE FERMÍN RONDON y JOSE QUINTERO. CONTESTO: si los conozco el señor Fermín tiene un negocio de comida rápida y JOSE QUINTERO es el dueño de la casa en donde vive el. TERCERA PREGUNTA: Diga el testigo si por el conocimiento que de ellos dice tener sabe y le consta que JOSE FERMIN RONDON es el inquilino o arrendatario de un inmueble propiedad del señor JOSE QUINTERO. CONTESTO: si el es inquilino si tiene varios meses ahí alquilado y JOSE QUINTERO le dijo que le iba aumentar el arriendo y si no lo iba a mandar a desocupar pero después llegaron a un arreglo y JOSE FERMIN se quedo ahí viviendo porque el señor JOSE QUINTERO le prorrogo el contrato hasta arreglaran el problema del aumento.. CUARTA PREGUNTA: Diga el testigo si sabe y le consta que el señor JOSE QUINTERO le manifestó al señor JOSE RONDON, que le iba aumentar el arriendo y que si no lo hacia lo mandaría a desocupar, y que se podía quedar viviendo en esa casa el tiempo que quisiera porque el no la necesitaba. CONTESTO: si eso es, el no necesitaba la casa para vivir y a partir del 09 de noviembre del año pasado el le dijo que se quedara viviendo ahí. QUINTA PREGUNTA: Diga el testigo en cuantas oportunidades ha ido a comer donde el señor JOSE FERMIN. CONTESTO: siempre como ahí y en varias oportunidades vi hablando al señor JOSE QUINTERO con el señor FERMIN, incluso le dijo que le iba a vender la casa a el, que se quedara ahí alquilado hasta que la pudiera comprar. No hay más preguntas.- Es todo. Se termino, se leyó y conforme firman.------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
EL TESTIGO


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ABOGADOS PARTE DEMANDADA

_____________________________ _______________________ EL SECRETARIO,



ABG. JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA.


MMUR/jlsm/jm.-
EXPEDIENTE N° 2.618.-