REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Mérida, Dieciocho (18) de Febrero de Dos mil Nueve (2.009).-

198° y 149°

Por cuanto el Alguacil de este Despacho, manifestó no haber podido notificar personalmente a la parte demándate en el presente juicio, se ordena librar CARTEL DE NOTIFICACION DE ABOCAMIENTO, haciéndole saber que una vez que conste en autos la fijación de los mismos y la última de las notificaciones, y por cuanto la causa se encuentra paralizada la reanudación de ésta se efectuará pasado que sean DIEZ DIAS HABILES, fecha en la cual comenzará a transcurrir el lapso de TRES DIAS HABILES, para que ejerza el recurso de interponer recusaciones, y de no comparecer en el término señalado, se le tendrá por notificado. Dicho cartel deberá fijarse en la cartelera del Tribunal.-

LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.



En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-

SRIA. TIT.,