REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Mérida, Veinticinco (25) de Febrero de Dos Mil Nueve (2.009).-
198º y 150º
Vista la diligencia de fecha 17-02-2.009, suscrita por el abogado MIGUEL ANTONIO CARDENAS, en su carácter acreditado en autos, se acuerda conforme a lo solicitado, y por cuanto la Parte Demandada no dio cumplimiento a la transacción celebrada entre las partes en fecha Once (11) de Noviembre de 2.008, por ante el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial y homologada por este Tribunal en fecha 20-11-2.008, y vencido el lapso para el cumplimiento voluntario, se ordena librar Mandamiento de Ejecución a cualquier Tribunal competente de la República de conformidad con el Artículo 892 del Código de Procedimiento Civil vigente y se ordena a la parte Demandada hacer efectiva entrega del inmueble consistente en Un (01) Apartamento, Signado con el Nº 14, que es parte del Edificio “VALMONT”, Ubicado en la Avenida 3, con Calle 27, de la Ciudad de Mérida, Municipio Libertador del Estado Mérida.
Líbrese el correspondiente Mandamiento de Ejecución y entréguesele al interesado.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.