REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, Veintiséis (26) de Febrero de Dos Mil Nueve (2.009)

198° y 150°

Por cuanto el Alguacil de este Despacho, manifestó no haber podido notificar personalmente a la parte demandante en el presente juicio, se ordena librar CARTEL DE NOTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA DE PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, haciéndole saber que se le concede un lapso de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, siguientes a su fijación para darse por notificado de la decisión dictada por este Tribunal. Se le advierte que de no comparecer a darse por notificado en el lapso establecido se le tendrá como tal. Dicho cartel deberá fijarse en la Cartelera del Tribunal.-

LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.



En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-



SRIA. TIT.,