REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Mérida, dos (02) de julio de dos mil ocho (2008).

198º y 149º


Vista la diligencia de fecha 01-07-2008, suscrita por el Abogado CESAR AUGUSTO GUERRERO TREJO, en su carácter acreditado en autos, se acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, se ordena devolver al JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUIN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO; al JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO HERES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR y al JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, las comisiones remitidas en fecha 26-02-2008, a los fines de que libren Carteles de Citación de conformidad con el artículo 223 del Código de procedimiento Civil y por intermedio del Secretario del Tribunal, procedan a fijarlos en la morada de los demandados, por cuanto los mismos se encuentran domiciliados en esas jurisdicciones. Desglósese las comisiones recibidas, dejando en su lugar copia fotostática debidamente certificada, anexando las mismas a los respectivos oficios. Se autoriza a la ciudadana MARIA ESTHER ABREU DUGARTE, para elaborar el correspondiente fotostato, e insértese el contenido del presente auto al pie de dicha certificación.

LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.


En la misma fecha se ofició bajo los Nros. 574, 575 y 576.-

Sria. Tit.