TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO JUEZ UNIPERSONAL Nº 02 MÉRIDA, Veintidós de Julio del año dos mil nueve.

199º Y 150º

Vista el Acta levantada a los ciudadanos DENNYS ALEXANDER PARRA MARQUEZ y REYNA MARGARITA QUINTERO RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-13.524.032 y V-13.803.629, domiciliados el primero en la Unidad Especial Miranda Nº 03, Los Valles del Tuy Estado Miranda y la segunda en la Urbanización Santa Mónica Bloque 7, apartamento 03-07 Mérida, por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Mérida, en fecha 21-07-2009, quienes convinieron en cuanto a la Fijación de Régimen de Convivencia Familiar, solicitada por la madre a favor del adolescente OMITIR NOMBRE, de doce (12) años de edad, en la siguiente manera: La madre del adolescente acepta un régimen abierto en vista de que el padre se encuentra trabajando fuera de la ciudad de Mérida y viene a la ciudad cada quince días un fin de semana y solicita fraccionar los periodos vacacionales en un cincuenta por ciento con cada progenitor y poder compartir con su hijo; presente el adolescente manifestó estar de acuerdo con el régimen de convivencia el cual se iniciara a partir de la presente fecha. Ambas partes solicitaron la homologación del presente convenimiento. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al adolescente por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia, éste TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA, el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos DENNYS ALEXANDER PARRA MARQUEZ y REYNA MARGARITA QUINTERO RAMOS, plenamente identificados en autos, en beneficio del adolescente OMITIR NOMBRE, da carácter de cosa Juzgada y ordena el Archivo del Expediente.

LA JUEZA TITULAR DE JUICIO Nº 02


ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. YELIMAR VIELMA MARQUEZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

LA SRIA.

Exp.21842
Fm/