REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO JUEZ UNIPERSONAL Nº 02 MÉRIDA, Veintiocho de Julio del año dos mil nueve.
199º Y 150º
Vista el Acta levantada a los ciudadanos DIEGO DIER AMER KONTAR y MAYRET JOSEFINA VERGARA PEÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-20.866.701 y V-18.123.172, domiciliados el primero en Santo Domingo avenida Principal calle San Jerónimo Comercial Santo Domingo Estado Mérida y la segunda en la Parroquia Las Piedras Avenida Sucre casa Nº 17, Municipio Cardenal quintero, por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Mérida, en fecha 22-07-2009, quienes son los padres biológicos de la niña OMITIR NOMBRE, de (02) años de edad, convinieron en cuanto a la Fijación de Régimen de Convivencia Familiar, solicitado por el padre, a favor de la niña antes mencionada de la siguiente forma: La madre acepta un régimen de convivencia en los siguientes términos: Reestablecen tres días a la semana para que el padre comparta con su hija la niña OMITIR NOMBRE de la siguiente manera: El día martes a las once de la mañana hasta el miércoles a las cinco de la tarde, todas las semanas. En los periodos vacacionales la niña debe compartir con su padre en un cincuenta por ciento siempre de común acuerdo entre los padres. Ambas partes solicitaron la homologación del presente convenimiento. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a la niña por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia, éste TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA, el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos DIEGO DIER AMER KONTAR y MAYRET JOSEFINA VERGARA PEÑA, plenamente identificados en autos, en beneficio de la niña OMITIR NOMBRE, da carácter de cosa Juzgada y ordena el Archivo del Expediente.
LA JUEZA TITULAR DE JUICIO Nº 02
ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. YELIMAR VIELMA MARQUEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
LA SRIA.
Exp.21371
Fm/