REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, nueve de julio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: LP21-L-2009-000149


ACTA DE DESISITIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO


N° DE EXPEDIENTE: LP21-L-2009-000149

PARTE ACTORA: ANAYSJOSE HUGAS MORENO

APODERADOS JUDIICALES DE LA PARTE ACTORA: FLORALBA OBANDO URBINA. Y NESTOR ORTEGA TINEO

PARTE DEMANDADA: PROMOCIONES 181818 C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: SOLANYEL YARI MORALES MORA, inscrita e el inpreabogado bajo el Nº 98.681.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.


En el día hábil de hoy nueve de julio de dos mil nueve, siendo las 2:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se encuentra presente la abogada en ejercicio SOLANYEL YARI MORALES MORA, en su carácter de apoderada judicial de la empresa demandada. Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno a la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.

LA JUEZ,



MARIANA JOSEFINA APONTE QUINTERO






LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,





SOLANYEL YARI MORALES MORA,





LA SECRETARIA,



NORELIS CARRILLO ESCALONA,


En la misma fecha se publicó la anterior decisión y se expidió la copia para su archivo.




SRIA.