REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA. El Vigía, primero (01) de julio de dos mil nueve (2009).---------------------------------------------------------------------------------------------------

199º y 150º

Vista la solicitud de Separación de Cuerpos de fecha veintitrés (23) de julio de dos mil ocho (2008), presentados por los ciudadanos ELIS HUMBERTO ROA BRICEÑO y YANETH DEL VALLE LABRADOR MORALES, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.119.278 y V-12.655.603, en su orden, cónyuges entre sí, domiciliados en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, asistidos en este Acto por el Abogado en Ejercicio JIMMY HERNAN ANGARITA CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.250.286. La Jueza después de haber hecho a los exponentes: ELIS HUMBERTO ROA BRICEÑO y YANETH DEL VALLE LABRADOR MORALES, las advertencias y consideraciones necesarias para mantener el matrimonio, sin haberlo logrado, acuerda proceder con arreglo a lo dispuesto en los Artículos 188, 189 y 190 del Código Civil y el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia y como los exponentes dicen que es su propósito Separarse de Cuerpos, declara consumada dicha separación y suspendida entre ellos la vida en común, quedando en vigencia el Régimen Familiar y Económico que se han impuesto. Conforme a la presente solicitud que riela a los folios 01 y 02 del Expediente Nº 4544 expídanse por Secretaría sendas copias certificadas de la manifestación y del presente auto, para ser entregadas a cada uno de los interesados. CÚMPLASE.----------------------------------------------------------------------------------------------

LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA

ELIS HUMBERTO ROA BRICEÑO

YANETH DEL VALLE LABRADOR MORALES

ABG. ASIST. JIMMY HERNAN ANGARITA CARDENAS

LA SECRETARIA TITULAR,


ABG. NAYARIB MONSALVE UZCATEGUI
EXP. Nº 4544
Ghuizap.-