REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA. El Vigía, veintinueve (29) de Julio de dos mil nueve (2009).-----------------------------------------------------------------------------------------

199º y 150º

Revisado como ha sido el presente expediente y visto el Informe Social de Seguimiento que obra inserto a los folios cuarenta y nueve (49) y cincuenta (50) del presente expediente, emanado de la Trabajadora Social adscrita a este Tribunal, relacionado con el adolescente: OMITIR NOMBRE, de doce (12) años de edad, quien se encuentra en el hogar de la ciudadana NELLY JOSEFINA CONTRERAS, a la orden de este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 126 literal “i” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, este TRIBUNAL RATIFICA LA MEDIDA DICTADA POR EL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, SALA DE JUICIO EL VIGÍA, en fecha 17 de Diciembre de dos mil siete (17/12/2007) a favor del adolescente: OMITIR NOMBRE, de doce (12) años de edad, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 131 segundo aparte de la Ley para la Protección del Niño y del Adolescente. CÚMPLASE.------------------------------------------------------------------------------------------------

LA JUEZA TEMPORAL,



ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA

LA SECRETARIA TITULAR



ABG. NAYARIB MONSALVE UZCATEGUI

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-


La Sria.

Exp. Nº 3204