REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 2 de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2008-003455
ASUNTO : LP01-P-2008-003455
AUTO DECLARANDO SIN LUGAR LA SOLICITUD INTERPUESTA POR LA REPRESENTACIÓN FISCAL
Vista la solicitud interpuesta por la Ciudadana Abogado Miriam Briceño, en su condición de Fiscal Titular Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 29 de Junio del presente año 2009, en la que solicitó de ésta instancia, se decrete ORDEN DE APREHENSIÓN, en contra del ciudadano MARLEY SOSA DUGARTE, quién es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.663.302, de 21 años de edad, nacido en fecha 13-01-1987, de profesión u oficio agricultor, residenciado en Mucutuy, Aldea Mijara, Sector el Pantano, casa sin número, cerca de la Escuela Bolivariana del Pantano, Municipio Arzobispo Chacón, Estado Mérida, a quién se le sigue causa, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano HERNAN RIVAS VIELMA, por cuanto ha sido imposible la realización o inicio del Juicio Oral y Público, por inasistencia tanto del imputado como de la Defensa Privada, por otro lado solicita la representación Fiscal, se declare abandonada la Defensa y en su defecto el tribunal oficie a la Defensa Pública, a fines de que se le asigne un defensor público y le pueda representar una vez se materialice la captura .El tribunal a los fines de resolver observa, en efecto se ha convocado en diversas oportunidades a las partes a la celebración del presente juicio, no sin dejar de considerar que en principio fue imposible la ejecución o la celebración de la depuración de escabinos, razón por la que éste tribunal en fecha 13 de mayo del año 2009, decide convocar a las partes a la celebración del Juicio Oral y Público, UNIPERSONAL a celebrarse el día veintiocho (28) de Mayo a las diez (10:00 a.m.), de la mañana, en ésta misma decisión el tribunal acordó declarar sin lugar la solicitud interpuesta por la Ciudadana Fiscal Quinta del Ministerio Público, en tanto que no decretó ORDEN DE CAPTURA, solicitada, en contra del supra identificado imputado de autos, ciudadano MERLEY SOSA DUGARTE, así como tampoco declaró abandonada la Defensa, sino que ordenó en aquella oportunidad oficiar o comisionar a funcionarios de la Prefectura de Mucutuy a fines de que notifiquen al imputado de autos, de la celebración del Juicio Oral y Público, y notificar al Defensor Privado a fines de que compareciere al tribunal, (decisión de la que tuvo conocimiento la Vindicta pública, según boleta agregada a la causa folio 147, en fecha 13 de Mayo del presente año 2009, identificada con las siglas LK01BOL2009009517 )ahora bien, en fecha 29 de Junio del mismo año 2009 ( folio 155), la Ciudadana fiscal Quinta del Ministerio Público, realiza la misma solicitud. Este tribunal a fines de resolver el planteamiento, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite como pronunciamientos PRIMERO: Niega la solicitud de decretar ORDEN DE APREHENSION, en contra del ya referido e identificado ciudadano MERLEY SOSA DUGARTE, por cuanto no consta en autos, que haya sido debidamente notificado, ( todas las boletas han sido dejadas a su hermano o por vía telefónica se han comprometido en informarle del llamado del tribunal, y ello no equivale a una correcta notificación), más aún en el caso particular en el que el tribunal se encuentra a la espera de las resultas de lo ordenado en la ya mencionada decisión, de fecha 13 de Mayo del año 2009. SEGUNDO: NIEGA la solicitud de declarar ABANDONADA LA DEFENSA, y ordena notificar al ciudadano DEFENSOR PRIVADO, a fines de que comparezca y explique a éste tribunal una vez notificado las razones por las que no asistió al llamado del órgano jurisdiccional, por cuanto el tribunal desconoce las razones por las que éste ha dejado de asistir a los actos del tribunal. TERCERO: Ordena oficiar al Comando Policial, en la Persona de su Director General , a fines de que designe funcionario (s) adscrito (s) a su Comando, y diligencie lo conducente para obtener como único resultado el dar POR NOTIFICADO, al ciudadano MARLEY SOSA DUGARTE, quién es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.663.302, de 21 años de edad, nacido en fecha 13-01-1987, de profesión u oficio agricultor, residenciado en Mucutuy, Aldea Mijara, Sector el Pantano, casa sin número, cerca de la Escuela Bolivariana del Pantano, Municipio Arzobispo Chacón, Estado Mérida, es decir informar a el referido ciudadano que es OBLIGATORIO, su asistencia el día 28 de Julio del presente año 2009, a las 11:00 a.m., a la sede de éste Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, por cuanto se va a realizar el inicio del Juicio Oral y Público, en el que aparece como imputado, en la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES PERSONALES DE CARÁCTER GRAVE, en perjuicio del ciudadano HERNÁN RIVAS VIELMA, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código penal venezolano Vigente, y una vez practicada tal diligencia informar a éste despacho acerca de las resultas. Así se decide. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Ofíciese
LA JUEZ EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 2
ABOGADO IRLANDA QUINTERO
EL SECRETARIO
ABOGADO
En fecha se libraron boletas
Y oficios Nos.-