REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 22 de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2009-002017
ASUNTO : LP01-P-2009-002017
Por cuanto en fecha trece de julio de dos mil nueve (13.07.2009), se dio entrada a la causa N° LP01-P-2009-002355, seguida al imputado Boris Lewis López Osuna, proveniente del tribunal de Juicio N° 03 de este Circuito Judicial Penal, para ser acumulada a la causa N° LP01-P-2009-002017, debido a que en las últimas de las actuaciones figura también como imputado el prenombrado ciudadano, por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma Blanca.
En tal sentido este tribunal observa:
1) Que en fecha cuatro de abril de dos mil nueve (04.04.2009), el tribunal de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal, decretó la aprehensión en situación en flagrancia del ciudadano Boris Lewis López Osuna, por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma Blanca, y se ordenó la aplicación del procedimiento abreviado, por lo cual le correspondió conocer del procedimiento en esta fase al tribunal de juicio N° 05.
2) Que en fecha veintidós de abril de dos mil nueve (22.04.2009), el Tribunal de Control N° 04 de este Circuito Judicial Penal, decretó la aprehensión en flagrancia de Boris Lewis López Osuna, por la presunta comisión del delito de Resistencia a la Autoridad, correspondiéndole al tribunal de juicio N° 03 conocer de esa fase.
El artículo 70 del Código Orgánico Procesal Penal señala:
“Son delitos conexos:
…4. Los diversos delitos imputados a una misma persona…
Este es el supuesto de hecho que se configura en el presente caso, toda vez que a Boris Lewis López Osuna, se le imputa la presunta comisión de los delitos de Porte Ilícito de Arma Blanca y Resistencia a la Autoridad.
En este orden de ideas, es competente este tribunal para conocer ambos procesos, ya que de conformidad con el numeral 1 del artículo 71 del Código Orgánico Procesal Penal, el tribunal que debe intervenir para juzgar los delitos, es aquel que conozca del proceso del delito que merezca menor pena. En este caso el delito que merece mayor pena de los atribuidos a Boris Lewis López Osuna, es que el que ha conocido este tribunal de juicio N° 05, en consecuencia es a quien corresponde conocer de todos los procesos seguidos al prenombrado imputado.
Dispositiva
Por lo antes señalado, es este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 05 de este Circuito Judicial Penal, acuerda acumular la causa LP01-P-2009-002355 a las actuaciones LP01-P-2009-002017, seguidas a Boris Lewis López Osuna, de conformidad con los artículos 70 numeral 4 y 71 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes y a los imputados sobre el contenido de este auto. Corríjase foliatura. Finalmente se ordena enviar boleta de citación al imputado y a su defensa, para que presente los recaudos exigidos en la audiencia de calificación de flagrancia, es decir, la presentación de los fiadores que cumplan con los requisitos impuestos en la audiencia de calificación en flagrancia. Certifíquese por secretaría copia de esta decisión. Cúmplase.
La Juez de Juicio N° 05
Abg. Marianina del Valle Brazón Sosa
La Secretaria
Abg. Carmen Matilde García
En fecha_____________ se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se libró boletas de notificación Nros: ___________________________________
_______________________________________________________________
Sria