REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial del Estado Mérida
Mérida, 31 de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2007-007320
ASUNTO : LP01-P-2007-007320
ORDEN DE APREHENSIÓN.
Visto el escrito presentado al Tribunal el 28-04 de 2009, suscrito por la Abogada Filomena Maria Buldo Araneo, Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Publico en esta entidad federal, mediante el cual solicita la expedici6n de ORDEN DE CAPTURA en relaci6n a la ciudadana Mayoandy Nataly Isarra Rondon (penada), venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad n° V -19.900.927, por cuanto hasta la fecha ha resultado imposible celebrar la referida audiencia por inasistencia de la penada, quien además -afirma la solicitante- ha incumplido totalmente con las condiciones que le fueron impuestas por el Tribunal; el Tribunal previo a pronunciarse, observa:
Antecedentes
La ciudadana Mayoandy Nataly Isarra Rondon (identificada en autos) le fue impuesta condena penal de un (01) ano y seis (06) meses de prisi6n por la comisi6n del delito de Porte I1fcito de Arma Blanca que le impuso el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. mediante sentencia firme, ejecutoriada en auto de fecha 08 de Junio de 2007 (f. 64 y 65), la cual hasta la presente fecha no ha comenzado a cumplir por no haber presentado la totalidad de los requisitos legales para el otorgamiento de la Suspensi6n Condicional de la Ejecuci6n de la Pena .
. - En fechas 09 y 20 de junio de 2009 no se !lev6 a cabo la audiencia para oír a la penada en virtud de que la misma no se present6, en relaci6n a que debe presentar oferta de trabajo a los fines de decidir sobre el beneficio de Suspensi6n Condicional de la Ejecuci6n de la Pena.
Motivación
Ahora bien, tomando en consideración lo antes señalado, aprecia el Tribunal que efectivamente, los informes recibidos por el tribunal permiten presumir fundadamente que la penada en precedente mención, ha incumplido con el deber de presentar oferta de trabajo. realizarse el examen toxicológico ordenado por el tribunal, y de comparecer a las audiencias fijadas a los fines de oírla.
Ello acredita un irregular comportamiento de la ciudadana Mayoandy Nataly Isarra Rondon (ya identificada) en relación a la presentación de los requisitos legales para el otorgamiento de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena,
En tal sentido y para garantizar la sujeción de la penada al proceso y el efectivo cumplimiento de la pena impuesta, este Tribunal de Ejecución procede a ordenar la inmediata APREHENSION de la ciudadana Mayoandy Nataly Isarra Rondon, (ya identificada), por conducto de los cuerpos de seguridad del Estado, cumplido lo cual debe ser presentada al Tribunal en las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, para escucharla.
Decisión
EI Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, de confinidad con lo previsto en el Articulo 44 numeral l° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, dicta Orden de Aprehensi6n en contra de la penada de autos, ciudadana: Mayoandy Nataly Isarra Rondon (ya identificado), y en consecuencia, acuerda remitir oficio a los distintos Cuerpos de Seguridad del Estado, informándoles que una vez aprehendida la misma deberá ser puesta a la orden de este Tribunal. Notifíquese al defensor de la penada y a la Fiscalia 22 del Ministerio Publico. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDA DE EJECUCIÓN.
Abg. Alida Morella Torcatti Berroterán.
LA SECRET ARIA:
ABG.
En fecha se libraron los oficios N° , boletas de notificación N°