REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA,
EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL
EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02
El Vigía, 12 de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : LJ11-P-2001-000046
ASUNTO : LJ11-P-2001-000046
DECISION NRO. 00224/09
AUTO ORDENANDO LA LIBERTAD INMEDIATA
Por cuanto este Tribunal de Control N° 02, se encuentra de guardia, procede a dictar el presente auto en vista de las actuaciones complementarias y el oficio N° 1212/09 de fecha 11-07-2009 suscrito por el Licenciado JHONNY JAVIER NAVA CABALLERO, Jefe de la Comisaría Policial N° 12 El Vigía, mediante el cual ponen a la orden del Tribunal de Control N° 06, al ciudadano: FREDDY ORLANDO MENDOZA ORTEGA, titular de la cédula de identidad N° 11.913.734, por cuanto el mismo se encuentra solicitado según oficio N° 6679, de fecha 20-10-2004, en consecuencia, este Tribunal previa revisión del Sistema Juris 2000, constata que contra el mismo se le sigue causa penal N° LJ11-P-2001-000046, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, por ante el Tribunal de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal, evidenciándose que en fecha 18 de mayo del 2009, el ciudadano Freddy Orlando Mendoza, fue puesto a la orden del Tribunal de Control N° 06, por encontrarse presuntamente solicitado en la presente causa, llevándose a efecto la audiencia a los fines de imponerlo de la orden de aprehensión decretada en su contra, en fecha 19-05-2009, oportunidad en la cual se acordó a su favor una medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, contenida en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, referida a la presentación periódica cada treinta (30) días, por ante la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y en consecuencia se ordenó en esa misma fecha dejar sin efecto las órdenes de aprehensión libradas a los diferentes organismos policiales del Estado, por lo que este Despacho Judicial; Y en fecha 30 de Junio de 2009, el tribunal de control nor. 01, acordó igualmente su libertad por cuanto fue aprehendido nuevamente, y en la cual ratificó se informara del presente auto, al igual que oficiar nuevamente al cuerpo de investigaciones a los fines de dejar sin efecto la orden de aprehensión; en consecuencia, por los fundamentos antes señalados, Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE (GUARDIA) CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: decreta la LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano FREDDY ORLANDO MENDOZA ORTEGA, titular de la cédula de identidad N° 11.913.734, debiéndose presentar a la AUDIENCIA APRELIMINAR EL DIA MARTES 14-07-09 A LAS 10.300 AM, ante EL Tribunal recontrol 06. De conformidad con el artículo 44 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: librar la correspondiente boleta de libertad y remitirla al Jefe de la Sub comisaría Policial N° 12 de El Vigía, informándole sobre el contenido del presente auto, de igual manera, líbrese nuevamente boleta con oficio para el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y Comisaría N ° 12, a fin de ratificar y solicitar nuevamente que se deje sin efecto la Orden de Aprehensión del ciudadano FREDDY ORLANDO MENDOZA ORTEGA, titular de la cédula de identidad N° 11.913.734, por no pesar en su contra orden de aprehensión, y se acuerda remitir las actuaciones al Tribunal de origen. Y ASI SE DECIDE. Cúmplase.
LA JUEZA DE CONTROL N° 02
ABG. DEISY BARRETO COLMENARES
LA SECRETARIA:
ABG. BELKIS VERDY
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