REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida diez de julio de 2009.
199º y 150º
Vista la transacción hecha mediante escrito de fecha 08 de Julio de 2009, suscrita por una parte por el abogado LUIS ALFONSO CHOURIO GARCIA, venezolano, mayor de edad inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 73.699, en su carácter de coapoderado judicial de la parte demandante, y por la otra por la abogado YELITZA ALARCON SANABRIA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 56.294, en su carácter de coapoderada de la parte demandada mediante la cual ponen fin al juicio. El Tribunal por cuanto que los abogados actuantes en esta transacción tiene facultades expresas tal y como se observa en poderes agregados a los folios 30, 38 y 47 de este expediente, homologa dicha transacción, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada, da por terminado el proceso, y se ordenará el archivo del expediente, una vez quede firme la presente decisión, y se haya dado cumplimiento con lo pautado en el numeral 2 de dicha transacción. Y así se decide.-
EL JUEZ

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA.




LA SECRETARIA

ABG. AMAHIL ESCALANTE N.
Cas.-