REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, catorce de julio de dos mil nueve.

199º y 199º


Vencido como se encuentra el lapso a que se contrae el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, sin que ninguno de los co-solicitantes haya solicitado dentro del mismo la regulación de la competencia, este Tribunal declara firme la sentencia interlocutoria dictada por esta instancia judicial en fecha 1º de julio de 2009, que obra inserta del folio 31 al 34 del presente expediente, y en consecuencia ordena remitir original el presente expediente al JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS RANGEL Y CARDENAL QUINTERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, al cual este Tribunal ha deferido la competencia para conocer de esta causa. Désele salida y remítase mediante oficio.

EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO



LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO


En la misma fecha se le dio salida en el libro respectivo y se remitió original expediente al JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS RANGEL Y CARDENAL QUINTERO DE LA CIRCUNSCRIPCIPON JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en una (01) pieza, constante de 37 folios, anexo al oficio Nº 697-2009. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

ACZ/SQQ/yp.-