REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE.
EL
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, trece (13) de julio de dos mil nueve (2009).
199° y 150°
Visto el convenimiento suscrito entre las partes, ciudadana LILIANA LIZBETH CARRERO, parte demandada, asistida por el abogado CARLOS OMAR PEREZ MORENO, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 5.512.315,
inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 56.396 y el Abogado LUIS ALBERTO SALAS, con el carácter de parte demandante, en fecha ocho (08) de julio de dos mil nueve (2009), que corre inserto al folio dieciseis (16) del presente expediente. Este Tribunal HOMOLOGA el mismo, impartiéndole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y ordena suspender la medida de Embargo Provisional decretada en fecha nueve (09) de enero de 2009, y acuerda hacer entrega a la parte demandada del instrumento cambiario que dio origen a las presentes actuaciones, que se encuentra resguardado en el archivo de este Juzgado. En consecuencia, ordena el archivo definitivo del presente expediente. CUMPLASE.-

JUEZA TEMPORAL
AB. ADA JESSICA OQUENDO BRICEÑO

SECRETARIA
AB. SORAYA VILLAMIZAR GARCIA

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
VILLAMIZAR GARCIA. SRIA. AJOB/jhp.


LA SUSCRITA SECRETARIA JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CERTIFICA: Que la anterior copia es fiel y exacta de su original que se encuentra en el expediente Nº 778-09. DEMANDANTE: ABG. LUIS ALBERTO SALAS. DEMANDADO: LILIANA LIZBETH CARRERO. MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA. Certificación que hago en El Vigía, a los trece (13) días del mes de julio de dos mil nueve (2009).


SECRETARIA
AB- SORAYA VILLAMIZAR GARCIA