REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, Veintiocho de Julio de dos mil nueve.

199º y 150º

Por recibido la anterior solicitud, junto con los recaudos acompañados, es por lo que se ordena formar ACTUACIONES, darle entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante MARIA FRANCISCA LACRUZ DE ZERPA, quien falleció ab intestato en la ciudad de Mérida, el día 15 DE Diciembre de 2008 y quien para el momento de su fallecimiento, era venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 2.446.920, segùn se evidencia en el Acta de Defunción expedida por la Registradora Civil de la Parroquia Antonio Spinetti Dini del Municipio Libertador del Estado Mèrida, presentada por la ciudadana NELLY DEL CARMEN ZERPA DE ROJAS, asistida de la abogado KENYA DALY VALERO MEZA, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 97.452, de este domicilio y hábil, en la cual solicita que sea declarada UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a su persona y a los ciudadanos RAUL ANTONIO ZERPA LACRUZ, DULCE MARIA ZERPA DE FERNANDEZ, WILLIANS ZERPA LACRUZ, NANCY JOSEFINA ZERPA DE SERNA, ANA ZULAY ZERPA LACRUZ Y BERENICE CELENIZ ZERPA LACRUZ, de la ya citada causante, es por lo que este Tribunal ADMITE dicha solicitud, cuanto ha lugar en Derecho, por no ser contraria a la Ley, a las buenas costumbres y al orden público y además porque este Tribunal es competente por razón del Territorio, la materia y la cuantía, por atribución asignada en la Resolución Nro. 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en gaceta oficial el 02 de Abril del presente año. En consecuencia, se fija el tercer día de despacho siguiente al día de hoy, para que las ciudadanos ADELEIDES CAROLINA DAVILA URBINA y MARIA DEL SOCORRO ROJAS ROJAS, sean presentadas por ante este Tribunal por la parte interesada, a las nueve y nueve y treinta de la mañana, respectivamente y rindan sus correspondientes declaraciones.
LA ……………..


JUEZ


ABG. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA,