Solicitud Nº 65-2009
Sentencia definitiva
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Tovar, nueve de julio de Dos Mil Nueve.
199° y 150°
SOLICITANTE: CARMEN OMAIRA GARCÍA ROJAS, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad Nº V.-8.083.212, domiciliada en el Municipio Tovar del Estado Mérida y hábil, asistida por la abogado JANETH RUIZ, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.487.306, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 84.488, del mismo domicilio y hábil.
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
VISTOS: Se inicia la presente causa mediante formal escrito, presentado para su distribución por ante el Juzgado Primero de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado, por la ciudadana CARMEN OMAIRA GARCÍA ROJAS, asistida por la abogado JANETH RUIZ, en el que alega que,
“… en dicha partida aparece un error involuntario del Funcionario competente al momento de transcribirla: Que en la línea donde se menciona el nombre de su mamá aparece FLORENCIA ROJAS, cuando lo correcto es, MARIA PRUDENCIA ROJAS, como se evidencia en copia certificada del Acta de Matrimonio de su mamá, marcado con letra “A”, Copias fotostáticas de las Cédulas de Identidad marcado con letra “B”, Copia certificada del Acta de Nacimiento que presenta el error de trascripción.
Señala que, en los libros de Registro Civil de Nacimientos de la Parroquia Tovar, Municipio Tovar del Estado Mérida, correspondientes al año 1965, se encuentra archivada su partida archivada al folio 052, que en la línea donde se menciona el nombre de su mamá aparece FLORENCIA ROJAS, cuando lo correcto es, MARIA PRUDENCIA ROJAS.
Que viene de conformidad con la Ley a solicitar se ordene la rectificación de dicha acta, de conformidad con los Artículos 769 y 773 del Código de Procedimiento Civil.
Anexó a la solicitud los siguientes recaudos: Copia Certificada de Acta de Nacimiento de su mamá marcado con la letra “A”, Copias fotostáticas de Cédulas de Identidad marcadas con la letra “B”, Copia Certificada del Acta de Nacimiento que presenta el error de transcripción, encontrándolas suficientes para demostrar los errores existentes en la partida a rectificar. Así se decide.-
Por las razones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en la ciudad de Tovar, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: rectificada la partida de nacimiento de la ciudadana: CARMEN OMAIRA GARCÍA ROJAS, en cuanto a la rectificación del nombre de su madre, FLORENCIA ROJAS, siendo lo correcto, MARIA PRUDENCIA ROJAS. Queda así rectificada. A tal efecto, expídase por la secretaría de este Tribunal, copia fotostática certificada de la presente sentencia y junto con oficio se acuerda remitir a los organismos competentes a los fines de que se estampen las notas marginales correspondientes. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 502 del Código Civil y en concordancia con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.
DADA FIRMADA Y SELLADA EN EL DESPACHO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Tovar, Nueve de julio de Dos Mil Nueve. Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
LA JUEZ,
ABG. YAMILETH MORA RAMIREZ
LA SECRETARIA,
ABG. MAYOLY VEGA MONTERO
En la misma fecha se público la anterior sentencia, se agregó original en el Expediente Civil Nº 65-2009, se dejo copia para el archivo y se publicó siendo las nueve de la mañana. (9:00 a.m.). Se envió con oficio N° 5250-174 al Ciudadano Registrador Civil de las Parroquias Tovar, El Amparo, Municipio Tovar del Estado Mérida y con oficio N° 5250-175, al Registrador Principal del Estado Mérida.
LA SECRETARIA.
ABG. MAYOLY VEGA MONTERO.
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