TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 01. Mérida, diecisiete de junio del año dos mil nueve.

199º y 150º

VISTA.- El acta que obra inserta al folio (20) del presente expediente levantada por ante este Tribunal, en fecha 17-06-2009, a los ciudadanos EDUARDO ALBERTO RODRIGUEZ BAZO Y MARTA COROMOTO TORRES MONSALVE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-15.920.192 y V-16.934.398 en su orden, en su carácter de padres y representantes legales de la niña OMITIR NOMBRE, quienes acordaron el régimen de convivencia familiar en los siguientes términos: El ciudadano EDUARDO ALBERTO RODRIGUEZ BAZO, se compromete a buscar a su hija cualquier día de la semana previo acuerdo con la madre de la niña. Los periodos vacacionales escolares y decembrinas, la niña Victoria Alexandra Rodríguez Torres, estará con cada uno de sus progenitores, de modo equitativo, es decir 50% del tiempo. Los demás días feriados y de asueto, la niña OMITIR NOMBRE, estará con cada uno de sus progenitores de modo alternativo. El día del padre lo pasará con el padre y el día de la madre lo pasará con la madre. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a la niña OMITIR NOMBRE, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los Artículos 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA el presente convenimiento suscrito por las partes ciudadanos: EDUARDO ALBERTO RODRIGUEZ BAZO Y MARTA COROMOTO TORRES MONSALVE, plenamente identificados en autos, en beneficio de la niña OMITIR NOMBRE, da carácter de cosa juzgada y ordena el cierre y archivo del expediente Nº 21454 de Revisión de Régimen de Convivencia Familiar. CÚMPLASE.
LA JUEZA TITULAR DE JUICIO Nº 01


ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Sría.
Mj/21454