REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA. El Vigía, diez (10) de Junio de dos mil nueve.--
199º y 150º
Vista el acta de fecha 04-06-09, que obra inserta al folio veintiséis (26) del presente expediente, suscrita por los ciudadanos OMAR ALEXO ACEVEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.203.530 y la ciudadana CARMEN ROSA ARELLANO RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.240.207 en la cual las artes conciliaron y el padre de los niños convino en depositar QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (BsF. 500,00) mensuales en la cuenta indicada y así mismo se comprometió a cubrir los gastos escolares y decembrinos y la parte demandante solicitó el cierre y Archivo de la presente causa. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA, El cierre y archivo del presente expediente Nº 5310. Motivo: FIJACIÓN OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. DEMANDANTE (S): ARELLANO RAMIREZ CARMEN ROSA. DEMANDADO: ACEVEDO OMAR ALEXO Procedencia: FISCALIA UNDECIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO EL VIGÍA. Fecha de Entrada: 12/05/2009. CÚMPLASE.------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. NAYARIB MONSALVE UZCATEGUI
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior
La Sria.
Exp. Nº 5310.-