TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO El VIGÍA. El Vigía, tres (03) de junio de dos mil nueve (2009).------------------------------------------------------------------------------------------------
199º y 150º
Vista el acta de fecha 28/05/2009, inserta al folio treinta y tres (33) del presente expediente, donde la Abogada RITA VELAZCO URIBE, Fiscal Undécima del Ministerio Publico, anexa en cuatro (04) folios útiles copia simple del expediente Nº 2865, donde se evidencia que fue declarada con lugar la Adopción Plena y Conjunta que los ciudadanos ALONSO JAIMES ALTUVE Y CARMEN ELETICIA PUENTES DE JAIMES, pretenden sobre el niño OMITIR NOMBRE, de cinco (05) años de edad, por lo que no tiene sentido la Colocación Familiar solicitada por los referidos ciudadanos, a los fines de que sea agregada al expediente Nº 1693 de Colocación Familiar, la cual solicita se cierre y archivo el expediente. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA SALA DE JUICIO EL VIGÍA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, da por terminado el presente procedimiento en razón de que no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles; por lo que se ordena el cierre y archivo del presente expediente Nº 1693. DEMANDANTE: DANIELA DEL CARMEN JAIMES PUENTES. Motivo: COLOCACIÓN FAMILIAR Y REPRESENTACIÓN LEGAL, Procedencia: Fiscalía Undécima del Ministerio Público. Fecha de Entrada: 15 de Mayo de 2006. CÚMPLASE.-----------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL
ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. NAYARIB MONSALVE UZCATEGUI.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
LA SRÍA.
Exp. Nº 1693
Ghuizap.-
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