REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Sede Alterna El Vigía.
 
El Vigía, tres de junio de dos mil nueve
 
199º y 150º
 
 
ASUNTO: LP31-L-2009-000029.
 
PARTE ACTORA: EDUARDO ENRIQUE QUIÑONEZ.
 
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: SILVIO PEÑA. 
 
PARTE DEMANDADA: NEDIS ALFONSO GUILLEN GONZALEZ
 
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: NILDA MORA.
 
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
 
 
 
SENTENCIA
 
 
 
	En el día de hoy, miércoles tres (03) de junio del año 2009, siendo las  02:30 p.m. día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano: NEDIS ALFONSO GUILLEN GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V- 8.080.847, en su condición de parte demandada, asistido por la abogado: NILDA MORA QUIÑONEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 57.192, dándose así inicio a la audiencia. Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí, ni por medio de apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE, CERTIFIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
 
LA JUEZ
 
 
Abg. REINA RONDON                                           EL SECRETARIO.
 
 
	    Abg. GABRIEL PEÑA.
 
 
 
 
 
 
PARTE  DEMANDADA Y SU ABOGADO ASISTENTE.
 
 
 
 
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