REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO
El Vigia, 5 de Junio de 2009
199º y 150º

Decisión Nº 03-06/2009
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2008-002668
ASUNTO : LP11-P-2008-002668
Corresponde a este Tribunal Tercero en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, fundamentar por auto separado la decisión proferida en audiencia de Constitución de Tribunal celebrada el día de hoy en la presente causa, seguida contra WILLIAN EDUARDO GUILLEN SILVA por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los 458 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los ciudadanos CARLOS GUSTAVO NAVARRO MALDONADO y CESAR AUGUSTO NAVARRO MALDONADO; HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCION DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículos 406 Numeral 1°, Articulo 77 Numerales 5°, 7° y 11° del Código Penal Venezolano en perjuicio del ciudadano GUSTAVO NAVARRO VILLAMIZAR (occiso); PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los Artículos 174 en su Primer Aparte y el Articulo 277, todos en relación con el Articulo 88 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano ANGEL MAURICIO FUENMAYOR y EL ORDEN PÚBLICO; y el delito de USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 264 de la Ley Orgánica sobre la Protección del Niño y del Adolescente, esta Juzgadora para decidir observa:

Secuencia Procesal:

1. En fecha 17 de Marzo de 2009, se recibe la causa mediante auto de entrada cursante al folio Trescientos Ochenta y dos (382), y mediante auto de esa misma fecha se fijo la oportunidad de sorteo, constitución de tribunal y fecha tentativa de celebración del Juicio Oral y Público.
2. En fecha 06 de abril de 2009, se celebra el primer sorteo ordinario de escabinos.
3. En fecha 20 de abril de 2009, se difiere audiencia de constitución de Tribunal Mixto, y se fijó sorteo extraordinario para el día 30/04/2009.
4. En fecha 30 de abril de 2009 es realizado el acto de sorteo extraordinario de escabinos.
5. En fecha 15 de mayo de 2009, se difiere la segunda convocatoria de constitución de Tribunal Mixto ya que no compareció ninguna de las personas preseleccionadas.
6. En fecha 15 de mayo de 2009 se efectuó un tercer sorteo de escabinos.-
7. En fecha 05 de Junio de 2009, no compareció ninguno de los escabinos preseleccionados por lo que este Juzgado asumió el Poder Jurisdiccional de la presente causa y se constituye en unipersonal.-

De la revisión de la Causa puede evidenciarse que se han efectuado Tres (03) sorteos, sin lograr materializar el acto de Constitución Definitiva de Tribunal Mixto, hecho éste que repercute en retardo y dilación procesal es por ello que se hace necesario acoger disposición del Máximo Tribunal de Justicia (Sala Constitucional, Sentencia 3744, 22-12-03, Caso: Rene Toro Cisneros y otros) según la cual se asienta que “es una dilación indebida la que ocurre cuando el tribunal con Escabinos no puede constituirse después de dos convocatorias correspondientes y que, ante esa situación, el Juez Profesional que dirigirá el juicio, debe asumir totalmente el poder jurisdiccional sobre la causa, por lo que deberá llevar adelante el juicio prescindiendo de los escabinos” doctrina reiterada en las sentencias de fechas 12 de agosto de 2005 y 21 de octubre de 2008 .

En el presente caso, claramente se evidencia que se ha superado el numero referido para asumir el Poder Jurisdiccional de la Causa, en tal sentido en aras de garantizar el debido proceso, celeridad procesal y la Tutela Judicial efectiva, habiendo manifestado tanto la Representación Fiscal como la Defensa Privada su conformidad de prescindir del Tribunal Mixto para que pueda iniciarse este juicio oral y público.-
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: Primero: Se prescinde de actos subsiguientes de sorteos y constitución definitiva de tribunal, Segundo: Se asume poder Jurisdiccional en la presente causa constituyéndose la Juez Profesional en Tribunal Unipersonal, seguida contra WILLIAN EDUARDO GUILLEN SILVA por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los 458 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los ciudadanos CARLOS GUSTAVO NAVARRO MALDONADO y CESAR AUGUSTO NAVARRO MALDONADO; HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCION DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículos 406 Numeral 1°, Articulo 77 Numerales 5°, 7° y 11° del Código Penal Venezolano en perjuicio del ciudadano GUSTAVO NAVARRO VILLAMIZAR (occiso); PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los Artículos 174 en su Primer Aparte y el Articulo 277, todos en relación con el Articulo 88 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano ANGEL MAURICIO FUENMAYOR y EL ORDEN PÚBLICO; y el delito de USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 264 de la Ley Orgánica sobre la Protección del Niño y del Adolescente, Tercero: Se fija en agenda oportunidad de Celebración de Juicio Oral y Público para el día 06 de Julio de 2009 a las 2:00 horas de la tarde, se acuerda librar boletas de notificaciones respectivas, quedando notificados en sala los presentes. Ofíciese, notifíquese.


LA JUEZA TERCERA DE JUICIO,



ABG. MAILES R. MARTINEZ P.