REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, treinta de junio del dos mil nueve.
199º y 150º
Vista la Transacción de fecha 25 de junio del dos mil nueve (folio 117 y vuelto), celebrada entre el abogado LUIS BELTRAN MONCADA RIVAS en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante y la abogado EVIN IRAIMA NIETO RANGEL, en su carácter de apoderada de la parte demandada, en el presente proceso. El Tribunal homologa dicha transacción, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el proceso y ordena suspender la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 09 de junio del 2008, participada a la Oficina Inmobiliaria de Registro del Municipio Rangel del estado Mérida, mediante oficio Nº 631, se ordena suspender la medida de embargo preventivo decretada en fecha 28 de noviembre del 2007, la cual no fue practicada por falta de impulso procesal, una vez quede firme la presente decisión y no ordena el archivo del expediente, hasta tanto conste de autos el total cumplimiento de la obligación contraída. Y así se decide.-
EL JUEZ
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA
LA SECRETARIA
ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN.
ap-