Vistos: Por cuanto este Juzgado observa que en el presente juicio contenido en el Expediente Civil N° 7101, seguido por el abogado: LUIS ENRIQUE UZCATEGUI GARCÍA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el N° 70.274, domiciliado en el municipio Alberto Adrianí del Estado Mérida, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ DEL CARMEN HERNÁNDEZ JAIMES y FÁTIMA ALEJANDRA HERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.317.098 y 19.539.141, domiciliados en la ciudad de Mérida y hábiles, contra La Sociedad Agropecuaria Las Carmelitas C.A. en la persona de su Gerente: ZOLEIDA DEL CARMEN HERNÁNDEZ NAVA, y los ciudadanos JOSÉ DEL CARMEN HERNÁNDEZ NAVA, JOSÉ NEVER HERNÁNDEZ NAVA, WILMER JOSÉ HERNÁNDEZ NAVA, MARISELA HERNÁNDEZ NAVA y SEGUNDO MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.961.843, 4.701.998, 5.510.532, 9.197.320 y 9.028.276, respectivamente, domiciliados las primera en la calle 1, con avenida 5, Nº 82, Quinta Las Carmelitas, Urbanización Las Tapias, Mérida Estado Mérida y los últimos en el Municipio Alberto Adrianí del Estado Mérida; abogado JOSÉ DAVID MOLINA MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el Nº 100.579, domiciliado en la ciudad de Tovar, Estado Mérida, actuando como Defensor AD-LITEM del ciudadano WILLIAM ENRIQUE HERNÁNDEZ NAVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.392.102, domiciliado en el Municipio Alberto Adrianí del Estado Mérida; abogado LUIS OMAR GARCÍA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el Nº 70.987, domiciliado en la ciudad de Tovar Estado Mérida, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos XIOMARA JOSEFINA HERNÁNDEZ NAVA, MIGUEL ANGEL HERNÁNDEZ ZAMBRANO, JAIRO ENRIQUE HERNÁNDEZ NAVA y JAVIER ALONSO HERNÁNDEZ ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.197.328, 12.656.108, 13.281.403, 15.356.067, respectivamente, domiciliado en el Municipio Alberto Adrianí del Estado Mérida; y abogados EURO ALBERTO LOBO y EURO ANTONIO LOBO ALARCÓN, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 10.012 y 112.587, domiciliados en la ciudad de Mérida Estado Mérida, actuando como apoderados judiciales de las ciudadanas CARMEN ALICIA HERNÁNDEZ APARICIO, ADRIANA DEL CARMEN HERNÁNDEZ APARICIO y IRAIDA COROMOTO HERNÁNDEZ APARICIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.023.468, 16.307.710, 14.761.813, respectivamente, domiciliados en el Municipio Alberto Adrianí del Estado Mérida por: DISOLUCIÓN, PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE BIENES HEREDITARIOS, han transcurrido más de un (01) año sin que ninguna de las partes hayan realizado alguna actuación procesal, de conformidad con lo establecido en el artículo 267, encabezamiento del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y extinguida la presente causa, por DISOLUCIÓN, PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE BIENES HEREDITARIOS. Notifíquese a las partes la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial Del Estado Mérida, con sede en esta ciudad de Tovar, al los nueve (09) días del mes de Junio de dos mil Nueve (2009).-
El Juez,
Abg. Ismael E. Gutiérrez R.
La Secretaria Temporal,
Daisy Zerpa Molina.
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