REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, once de junio de dos mil nueve.-

199º y 150º
Vista la diligencia de fecha 08 de junio de 2.009, suscrita por los abogados en ejercicio LUIS ALBERTO CERRADA SALAS y ELIZABETH RIVAS PARRA, en su condición de jueces asociados en el presente juicio, mediante la cual solicitan se les haga entrega de los honorarios profesionales, que se encuentran depositados a la orden de ellos, este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado y acuerda oficiar al Banco de Fomento Regional Los Andes (BANFOANDES), a fin de remitirle anexo Libreta de Ahorro a nombre del Tribunal Supremo de Justicia Rif (G-20000030-9), igualmente este Tribunal con arreglo al Artículo 6 de la Resolución N° 1.680 de fecha 16 de marzo de 1999 y emanada del extinto Consejo de la Judicatura AUTORIZA, a los ciudadanos LUIS ALBERTO CERRADA SALAS y ELIZABETH RIVAS PARRA, venezolanos, abogados, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 3.034.892 y 8.027.288, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 20.230 y 43.778, respectivamente, domiciliados en Mérida Estado Mérida y civilmente hábil, para que retiren de la cuenta de ahorros Nº 0007-0040-11-0010325657 la cantidad allí depositada y a su vez se sirva proceder al cierre y cancelación de la referida cuenta de Ahorro. Ofíciese.
EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO


LA SECRETARIA TITULAR,

SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se ofició a Banfoandes, bajo el Nº 594-2.009. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/lvpr.-