REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, treinta de junio de dos mil nueve.

199º y 150º

Visto el escrito que antecede de fecha 25 de junio de 2009 (folio 9), suscrito por la ciudadana ZONIA DEL VALLE SANTIAGO BRICEÑO, en su condición de co-solicitante en la presente solicitud, debidamente asistida por la abogada en ejercicio BELQUIS CARRLLO, mediante el cual manifiesta que no ha habido reconciliación alguna entre él y su cónyuge, por lo que solicita se declare el divorcio previa notificación del ciudadano JOSE ANIBAL DUGARTE DUGARTE, en consecuencia y conforme a lo solicitado, este Tribunal acuerda la notificación del ciudadano JOSE ANIBAL DUGARTE DUGARTE, haciéndole saber que debe comparecer por ante este Juzgado en el TERCER (3º) DÍA DE DESPACHO siguiente a aquél en que conste su notificación, a las NUEVE DE LA MAÑANA, para que exponga lo que crea conveniente con relación a lo solicitado por su cónyuge, de que se convierta en divorcio la separación de cuerpos existente, por cuanto ha transcurrido más de un (01) año de decretada la separación de cuerpos entre ambos, con la advertencia de que si comparece o no al Acto este Tribunal proveerá conforme la Ley. Líbrese boleta con copia certificada del escrito de la solicitud de conversión en divorcio, y entréguese al Alguacil de este Tribunal para que la haga efectiva. Certifíquense por auto separado la copia del escrito que riela al folio 09 y vuelto. Cúmplase.

EL JUEZ TITULAR,

ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUNTERO QUINTERO
En la misma fecha se libró boleta de notificación, anexándosele copia certificada del escrito que obra al folio 09, y se le entregó al Alguacil de este Tribunal para que la haga efectiva. Conste.
LA SECRETARIA TITULAR,

SULAY QUNTERO QUINTERO

ACZ/SQQ/yp.