REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Diecisiete de Junio del dos mil nueve.-
199º y 150º

Por recibida la anterior solicitud, junto con los recaudos acompañados, es por lo que se acuerda darle entrada, formar actuaciones y el curso de Ley correspondiente y vista la solicitud de UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del causante LUIS ENRIQUE UZCATEGUI DURAN, quien falleció ab- intestato el día 12 de Mayo del 2008, quien para el momento de su fallecimiento era venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.953.423, según se evidencia en el Acta de Defunción No. 48, expedida por la Registradora Civil de la Parroquia El Llano, del Municipio Libertador del Estado Mérida, presentada por la ciudadana: CARMEN BEATRIZ DURAN DE UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro. 3.806.863, y domiciliada en esta ciudad de Mérida, Estado Mérida, obrando en su propio nombre y en representación de su esposo ciudadano PEDRO UZCATEGUI FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 2.458.890, domiciliado en el Distrito Capital y hábil, para que sean declarados, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ya citado causante. El Tribunal ADMITE dicha solicitud, por cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria a la Ley, a las buenas costumbres, al orden público y además porque este Juzgado es competente por razón del Territorio, la cuantía y la materia, por atribución asignada en la resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, publicada en gaceta oficial el 02 de Abril del año en curso.- En consecuencia, se exhorta a la solicitante a que indique los nombres de los testigos, a los fines de fijar día y hora para que rindan sus respectivas declaraciones.
LA JUEZA,


ABG./POL. FRANCINA M. RODULFO ARRIA.

LA SECRETARIA:

ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha se formó solicitud, se le dio entrada bajo el N° ____________.
LA SECRETARIA: