REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintinueve de junio de dos mil nueve.
199º y 150º
Por recibido el anterior libelo de la demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, Visto el libelo de la demanda presentado por el ciudadano VIDAL VIELMA JUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.445.445, de este domicilio y hábil, debidamente asistido por los Abogados ARTURO CONTRERAS SUAREZ Y JORGE CONTRERAS PEÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad N°s. 4.327.476 y 17.129.166, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 20.592 y 130.663, de este domicilio y hábiles, CONTRA: MARIA BERTHA ARIAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad de Nº 8.022.578, de este domicilio y hábil. por DESALOJO, por cuanto la misma no es contraria a la Ley, al orden Público, a las buenas costumbres y además porque este Tribunal es competente por razón del Territorio y la cuantía, es por lo que se ADMITE LA MISMA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, En consecuencia, se ordena la citación de la demandada ciudadana MARIA BERTHA ARIAS, antes identificada para que comparezca por ante este Tribunal en el SEGUNDO día de despacho siguiente a que conste en auto su citación, en horas de despacho, a fin dar contestación a la demanda que hoy se providencia. Compúlsese el libelo de la demanda con su orden de comparecencia al pie de la misma, y anéxesele copia fotostática certificada del libelo de la demanda y entréguese al Alguacil del Tribunal a los fines de que practique la citación. En cuanto a la medida solicitada, por auto separado se resolverá lo conducente.
LA JUEZA,
DRA. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA,
ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha, se formó expediente, se le dio entrada bajo el Nro. ________ se libraron recaudos de citación.
LA SECRETARIA,