REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, nueve de Junio de dos mil nueve.-

199º y 150º

Vista la sentencia de PERENCION dictada por este Tribunal en fecha 14-08-2001, y por cuanto se encuentra vencido el lapso legal para la Apelación, sin que nadie haya hecho uso de este derecho, se DECRETA FIRME dicha sentencia. En consecuencia, se ordena el ARCHIVO del presente expediente, se suspende la medida decretada y se acuerda agregar a los autos el Cuaderno que se formó y los recaudos de intimación librados..

LA JUEZ TEMPORAL,

ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.