TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 01. MÉRIDA, 25 de marzo del año dos mil nueve.
198º y 150º
Revisado como ha sido el presente expediente y vista el acta que antecede, de fecha 18-03-09, levantada a los ciudadanos JOSE VICTORINO ARISMENDI BALZA y ZULY DEL VALLE SULBARAN PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.955.373 y V-11.460.648, en la cual la ciudadana antes mencionada manifiesto no estar de acuerdo con el ofrecimiento de Obligación de Manutención realizado por el ciudadano JOSE VICTORINO ARISMENDI BALZA, en beneficio de sus hijos OMITIR NOMBRES; así mismo el ciudadano JOSE VICTORINO ARISMENDI BALZA manifestó que abrió una cuenta de ahorro en el Banco Sofitasa, cuyo Nº de cuenta es 0137-0021-46-0003120162 a nombre de los prenombrados niños, en la cual está depositando la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250,00) mensuales. En consecuencia este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA, PRIMERO: Fijar de manera Provisional, por concepto de Obligación de Manutención, la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 250,00) mensuales a favor de los niños OMITIR NOMBRES, más dos Bonos Especiales para los meses de Agosto y Diciembre por la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) a favor de los niños antes mencionados, cantidades que deberán ser depositadas en la cuenta de ahorros antes mencionada, por el ciudadano JOSE VICTORINO ARISMENDI BALZA, comprometiéndose a dirigirse al Banco Sofitasa a los fines de autorizar a la madre de sus hijos para que haga los retiros respectivos. SEGUNDO: se exhorta a la parte demandada a que inicie los procedimientos que crea correspondientes. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Nº 19372. DEMANDANTE: ARISMENDI BALZA JOSE VICTORINO. DEMANDADA: SULBARAN PARRA ZULY DEL VALLE. MOTIVO: OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION. FECHA DE ENTRADA. 25-06-2008. CUMPLASE.
LA JUEZA TITULAR Nº 01
ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DÁVILA
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. YELIMAR VIELMA MARQUEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
LA SRIA
JR/19372
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