REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2006-003521
ASUNTO : LP11-P-2006-003521

Visto que en el presente asunto penal seguido al penado OROSMAN CONTRERAS ARAQUE, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-13.022.247, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 3 literal a y 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana ANA MARÍA GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ y EL ORDEN PÚBLICO, a quien en fecha 01/03/2007(folios 142 y 143), mediante auto fundado se le dictó el Ejecútese de Sentencia Condenatoria en la presente causa, donde se observa que no se indicó la fecha de cumplimiento de pena.En consecuencia, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, la elaboración del cómputo actualizado de pena; en tal sentido, se observa que el penado OROSMAN CONTRERAS ARAQUE, fue detenido el día 14-10-2.006, permaneciendo privado de su libertad hasta el día de hoy 19-03-2.009, es decir, por un lapso de DOS (02) AÑOS, CINCO (05) MESES Y CINCO (05) DÍAS, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de VEINTINUEVE (29) AÑOS DE PRISIÓN, le falta por cumplir la pena de VEINTISEIS (26) AÑOS, SEIS (06) MESES Y VEINTICINCO (25) DÍAS, la cual terminará de cumplir el día 14-10-2.035, al finalizar el día. Mediante oficio remítase copia del referido cómputo al Centro Penitenciario Región Andina. Líbrese oficio. Cúmplase.

JUEZA DE EJECUCIÓN N° 02


ABG. ROSARITO MÉNDEZ BARONE
EL SECRETARIO