REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veinticuatro de marzo del dos mil nueve.
198º y 150º
Visto el escrito de Transacción de fecha 18 de marzo del 2009 (folios 351 al 361), celebrada entre la ciudadana MARGOT COROMOTO SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-6.592.124, asistida por la abogado LIZBETH DEL CARMEN CALDERON ALBORNOZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 66.772, en su carácter de parte actora; el ciudadano ADRIAN DE JESUS DUQUE GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº V-5.345.918, representado por el abogado NELSON RAFAEL VIAMONTE VENEGAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 74.432 (parte co-demandada); JOSE MARCO TULIO TORRES BARRIOS, titular de la cedula de identidad Nº V-847.078, asistido por el abogado ROMAN JOSE RINCON RAMIREZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 65.926 (parte co-demandada); MARIA BETARIZ FERNANDEZ BALBOA, CAMILO EVERETT SCHMIDT COX, JESUS JAVIER PARRA ARANGUREN y OMAR EVENCIO RAMIREZ ROJAS, titulares de las cedulas de identidad números V-7.887.617, V-9.707.274, V-8.045.366 y V-13.062.983, representados por el abogado LUIS JOSE SILVA SALDATE, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 42.306 (parte co-demandada), en el presente proceso. El Tribunal homologa dicha transacción, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el proceso y ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión. Y así se decide.-
EL JUEZ
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA L.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. CARMEN AIDE SOTO