Vistos: En escrito recibido en fecha: 03 de marzo de 2009, por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, presentado por el ciudadano: Albaro Alberto Hernández Colis, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V – 10.900.438, domiciliado en la ciudad de Mérida y hábil, asistido por la abogado en ejercicio Montilla Ángel María Coromoto, inscrita en el IPSA bajo el Nº 62880; según decisión dictada por dicho Tribunal en fecha: 02 de diciembre de 2008, mediante la cual declaró competente a este Juzgado para seguir conociendo de la causa.

Alegando en la acción de rectificación de la partida de nacimiento inserta bajo el N° 195, folio 093, del año 1968, que está asentada por ante el Registrador Civil de la Parroquia Chiguará, Municipio Sucre del Estado Mérida; la cual corre agregada en el presente expediente al folio 03, que la misma presenta el error material en cuanto al nombre de su madre, que aparece como AURA DEL CARMEN COLLS, siendo lo correcto AURORA DEL CARMEN COLLS.

Acompañó el interesado al libelo como medios de prueba: Copia simple de su cédula de identidad; copia certificada de su partida de nacimiento, expedida por el Registrador Civil de la Parroquia Chiguará, Municipio Sucre del Estado Mérida; copia simple del acta de matrimonio de sus padres (ciudadanos Ezequiel Hernández y Aurora del Carmen Colls Vielma), expedida por el Registrador Civil de la Parroquia Chiguará, Municipio Sucre del Estado Mérida; acta de defunción de su madre, expedida por el Registrador Civil de la Parroquia Antonio Spinetti Dini, Municipio Libertador del Estado Mérida. Los anteriores recaudos, demuestran fehacientemente y son pruebas ciertas, que al asentar la partida de nacimiento del ciudadano ALBARO ALBERTO HERNÁNDEZ COLLS, se incurrió en error al escribir el nombre de su madre que aparece como AURA DEL CARMEN COLLS, siendo lo correcto AURORA DEL CARMEN COLLS.
Por lo antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la rectificación de la partida de nacimiento del ciudadano ALBARO ALBERTO HERNÁNDEZ COLLS, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Chiguará, Municipio Sucre del Estado Mérida y se establece: Que el nombre de su madre es Aurora del Carmen Colls. Queda así rectificada. A tales efectos, expídase por la secretaria de este Tribunal, copia fotostática certificada de la presente sentencia y junto con oficio se acuerda remitir a los organismos competentes, a los fines de que se estampen las notas marginales correspondientes. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 502 del Código Civil y en concordancia con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.

PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.
DADA FIRMADA Y SELLADA EN EL DESPACHO DEL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad. Tovar, dieciséis (16) de marzo de dos mil nueve (2009). Años 198º de la Independencia y 150º de la Federación.-
El Juez,

Abg. Ismael E. Gutiérrez R.
La Secretaria,

Abg. Sandra Contreras
En la misma fecha se público la anterior sentencia, se agregó original en el Expediente Civil N° 8288 se dejó copia para el archivo y se publicó siendo las once de la mañana (11:00 a.m.). Se expidieron tres juegos de copias certificadas de la sentencia; dos se enviaron con oficios Nos. 224 al ciudadano Registrador Civil de la Parroquia Chiguará, Municipio Sucre del Estado Mérida, 225 al Registrador Principal del Estado Mérida. Otra se entregó al interesado.-
La Secretaria

Abg. Sandra Contreras