REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, diecisiete de marzo de dos mil nueve.
198º y 150º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, interpuesta por la abogada en ejercicio TIBIALI YUBISAY BARRIOS VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.267.743, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 105.658, de este domicilio y jurídicamente hábil, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana MARÍA VICTORIA SOLER VARELA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-19.023.711, domiciliada en Mérida Estado Mérida y civilmente hábil, en virtud del cual solicitan a este Tribunal se le declare como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, a la ciudadana MARÍA VICTORIA SOLER VARELA, en su condición de hija del causante ANTONIO SOLER MONTAÑOLA, quien falleciera en fecha 04 de febrero de 2.008. Vistos asimismo los recaudos acompañados a dicha solicitud, consistentes en: 1º) Poder original otorgado por la ciudadana MARÍA VICTORIA SOLER VARELA, a la abogada en ejercicio TIBIALI YUBISAY BARRIOS VARELA, expedido por la Notaría Pública Cuarta del Estado Mérida. 2º) Copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana MARÍA VICTORIA SOLER VARELA, expedida por la Prefectura Civil de la Parroquia Ignacio Fernández Peña Municipio Campo Elías del Estado Mérida. 3º) Copia certificada del acta de defunción del causante ANTONIO SOLER MONTAÑOLA, expedida por la Registradora Civil de la Parroquia El Sagrario Municipio Libertador del Estado Mérida. 4º) Copia simple de la sentencia de divorcio de los ciudadanos ANTONIO SOLER MONTAÑOLA y ZULAY DEL VALLE VARELA VERGARA, expedida por la Sala de Juicio Nº 4 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 5º) Copia simple del Certificado de Solvencias de Sucesiones, expedida por el SENIAT. 6º) Copias simples de las cédulas de identidad del causante ANTONIO SOLER MONTAÑOLA y de la ciudadana MARÍA VICTORIA SOLER VARELA. 7º) Copias simples de las cédulas de identidad de los ciudadanos: Juan Cristóbal Chávez Pacheco, Tugelmy Hernán Barrios Simosa y Eva Zoraida Porras Patiño, en su condición de testigos. 8º) Justificativo de testigos evacuados por ante la Notaría Pública Cuarta del Estado Mérida, evacuados en fecha 04 de marzo de 2.009, quienes declaran que si conocen de vista, trato y comunicación a la ciudadana MARÍA VICTORIA SOLER VARELA; que si conocieron de vista, trato y comunicación al causante ANTONIO SOLER MONTAÑOLA; que si saben y les consta que de la unión matrimonial que tuvo el causante ANTONIO SOLER MONTAÑOLA con la ciudadana ZULAY DEL CARMEN VARELA VERGARA, tuvieron una hija de nombre MARÍA VICRORIA SOLER VARELA; que si les consta que la ciudadana MARÍA VICTORIA SOLER VARELA, es la única y universal heredera del causante ANTONIO SOLER MONTAÑOLA. Este Tribunal al encontrar que la anterior solicitud no ha sido objetada ni ha tenido oposición de ninguna naturaleza, y por cuanto estima suficientes en derecho las actuaciones y recaudos acompañados, así como las declaraciones de los testigos evacuados por ante la Notaría Pública Cuarta del Estado Mérida, en fecha 04 de marzo de 2.009, donde declararon los ciudadanos JUAN CRISTÓBAL CHÁVEZ PACHECO, TUGELMY HERNÁN BARRIOS SIMOSA Y EVA ZORAIDA PORRAS PATIÑO, plenamente identificados en las actas que contienen sus declaraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera SUFICIENTES y BASTANTES las presentes actuaciones para declararla de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del derecho que le asiste a la ciudadana MARÍA VICTORIA SOLER VARELA, en su carácter de hija como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del extinto ANTONIO SOLER MONTAÑOLA, dejando a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
YENYFER MÁRQUEZ ROJAS.
ACZ/YMR/dsf.-