REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA
En horas de Despacho del día de hoy, diez (10) de marzo del año dos mil nueve (2.009), siendo las nueve (09: 00 am) de la mañana, día y hora fijados por el Tribunal para que tenga lugar el acto de la comparecencia del testigo ciudadano JORGEN LUIS BARRIOS DAVILA. Se abrió el acto previo el pregón de Ley dado por el Alguacil a las puertas del Despacho, se hizo presente un ciudadano que estando legalmente juramentado dijo ser y llamarse como quedo escrito, venezolano, de 28 años de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 14.401.328, de profesión Técnico Superior en Sistemas, domiciliado en El Palmo, Calle 5 de Julio, N° C5-04, Ejido Estado Mérida y civilmente hábil. Impuesto de las disposiciones de Ley relativas a la Inhabilidad de testigos manifestó no tener impedimento alguno para declarar. Se encuentra presente la Abogada en Ejercicio CLARA GISELA UZCATEGUI, quien se identifico con el Inpreabogado bajo el Nro. 48.241, y funge como parte representante de la parte demandante y promovente de la prueba. La parte promovente con el derecho de palabra procede a interrogar al testigo de la siguiente manera. PRIMERA PREGUNTA: Diga el testigo sobre generales de ley. CONTESTO: No me comprende. SEGUNDA PREGUNTA: Diga el testigo si conoce suficientemente de vista trato y comunicación a los ciudadanos VICTOR MANUEL LARES y EDICTA ALBORNOZ MARQUEZ. CONTESTO: si los conozco al señor Víctor Manuel, suficientemente de vista trato y comunicación el señor Víctor es una persona trigueña, canoso, como de 70 o 75 años mas o menos, la señora Edicta es blanca, Gorda, el pelo pintado color amarillo. TERCERA PREGUNTA: Diga el testigo si por el conocimiento que dice tener sabe y le consta que entre los ciudadano VICTOR MANUEL LARES y EDICTA ALBORNOZ MARQUEZ., existe un contrato de arrendamiento escrito, sobre un inmueble para habitación ubicado en el barrio El Palmo, calle Principal, Avenida 2, N° 25-B, planta Baja, jurisdicción de la Parroquia Matriz, Municipio Campo Elías del Estado Mérida. CONTESTO: si me consta porque el año pasado fui a buscar al señor Víctor a su casa y vi que tenía el contrato de arrendamiento en la mano. CUARTA PREGUNTA: Diga el testigo si por el conocimiento que dice tener sabe y le consta que la ciudadana EDICTA ALBORNOZ MARQUEZ, no lo ha cancelado los alquileres al ciudadano VICTOR MANUEL LARES de los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2.008, y que hasta los actuales momentos no le ha cancelado nada. CONTESTO: si, si me consta, porque vi cuando estaban peleando en enero del año 2.009, y el señor Víctor le decía que necesitaba los alquileres que tantos meses y nada de pago. No hay más preguntas.- Es todo. Se termino, se leyó y conforme firman.-------
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARÍA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON.
EL TESTIGO
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ABG. PARTE DEMANDANTE
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EL SECRETARIO,
ABG. JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA
MMUR/jlsm/jm.-
EXP. N° 2.623.-
En horas de Despacho del día de hoy, diez (10) de marzo del año dos mil nueve (2.009), siendo las diez (10:00 am) de la mañana, día y hora fijados por el Tribunal para que tenga lugar el acto de la comparecencia de la testigo ciudadana LEYDA ROJAS LOBO. Se abrió el acto previo el pregón de Ley dado por el Alguacil a las puertas del Despacho, se hizo presente una ciudadana que estando legalmente juramentada dijo ser y llamarse como quedo escrito, venezolana, de 44 años de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 8.046.579, de profesión oficios del hogar, domiciliada en Barrio El Palmo, Calle 3, N° 271, Ejido Estado Mérida y civilmente hábil. Impuesto de las disposiciones de Ley relativas a la Inhabilidad de testigos manifestó no tener impedimento alguno para declarar. Se encuentra presente la Abogada en Ejercicio CLARA GISELA UZCATEGUI, quien se identifico con el Inpreabogado bajo el Nro. 48.241, y funge como parte representante de la parte demandante y promovente de la prueba y la ciudadana EDICTA ALBORNOZ MARQUEZ, portadora de la Cedula de Identidad N° V- 8.001.240, debidamente asistida por el Abogado en Ejercicio FRANKI SALVADOR MARQUEZ CONTRERAS, quien se identifico con el Inpreabogado bajo el N° 105.742, quien funge como parte demandada en el presente acto. La parte promovente con el derecho de palabra procede a interrogar al testigo de la siguiente manera. PRIMERA PREGUNTA: Diga el testigo sobre generales de ley. CONTESTO: No se me comprende. SEGUNDA PREGUNTA: Diga la testigo si conoce suficientemente de vista trato y comunicación a los ciudadanos VICTOR MANUEL LARES y EDICTA ALBORNOZ MARQUEZ. CONTESTO: si los conozco de vista trato y comunicación al señor Víctor y a la señora Edicta. TERCERA PREGUNTA: Diga la testigo si por el conocimiento que dice tener sabe y le consta que entre los ciudadanos VICTOR MANUEL LARES y EDICTA ALBORNOZ MARQUEZ., existe un contrato de arrendamiento escrito, sobre un inmueble para habitación ubicado en el barrio El Palmo, calle Principal, Avenida 2, N° 25-B, planta Baja, jurisdicción de la Parroquia Matriz, Municipio Campo Elías del Estado Mérida. CONTESTO: si me consta porque en varias veces que yo fui a buscar a el hijo del señor Víctor, para cuestiones de un trabajo de pintura, para ese momento estaban hablando del contrato el señor Víctor lo tenia en la mano le decía a la señora que fuera puntual en su pago porque ella tardaba en su pago, así le decía el señor a ella. CUARTA PREGUNTA: Diga la testigo si por el conocimiento que dice tener sabe y le consta que la ciudadana EDICTA ALBORNOZ MARQUEZ, no le ha cancelado los alquileres al ciudadano VICTOR MANUEL LARES de los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2.008, y que hasta los actuales momentos no le ha cancelado nada. CONTESTO: si me consta porque el señor Víctor estaba diciendo que desde el mes de junio mas o menos no ha pagado. No hay más preguntas.- En este estado solicita el derecho de palabra la ciudadana EDICTA ALBORNOZ MARQUEZ, a través de la asistencia de su Abogado en Ejercicio FRANKI SALVADOR MARQUEZ CONTRERAS, quien funge como parte demandada en el presente acto y concedido como le fue procede a repreguntar a la testigo de la siguiente manera. PRIMERA REPREGUNTA: Diga la testigo desde hace cuanto tiempo conoce al ciudadano VICTOR LARES y a la ciudadana EDICTA ALBORNOZ. CONTESTO: desde hace mucho tiempo los conozco somos vecinos de ahí del barrio. SEGUNDA REPREGUNTA: Diga la testigo si durante todos esos años que dice estar conociendo al ciudadano VICTOR LARES, a mantenido una buena relación de amistad con el ciudadano. En este estado solicito el derecho de palabra la Apoderada Judicial de la parte demandante y concedido como le fue expuso: Solicito muy respetuosamente a este tribunal relevar a la testigo de responder la pregunta de considerarla capciosa e impertinente, en relación de que la ciudadana Juez en el acto de juramentación de la testigo le pregunto claramente si tenia amistad con alguna de las partes y ella respondió que no. En este estado el Tribunal toma el derecho de palabra y expone: este tribunal visto que considera no es impertinente exhorta a la testigo a responder. CONTESTO: no o sea así amistad no como dije anteriormente de vista trato y comunicación no así relaciones con el no soy amiga ni enemiga. TERCERA REPREGUNTA: Diga la testigo si recuerda en que fecha entro la ciudadana EDICTA ALBORNOZ, a ocupar la casa propiedad del ciudadano VICTOR LARES, ya que ella expreso anteriormente que había visto el contrato de arrendamiento firmado entre las partes. CONTESTO: no se exactamente la fecha pero se que la señora tiene años viviendo ahí, no se. CUARTA REPREGUNTA: Diga la testigo específicamente hace cuantos años esta la ciudadana EDICTA ALBORNOZ ocupando dicho bien inmueble en calidad de arrendataria. En este estado solicito el derecho de palabra la Apoderada Judicial de la parte demandante y concedido como le fue expuso: Solicito muy respetuosamente a este tribunal releve a la testigo de responder la pregunta ya ha hecho la pregunta en varias oportunidades y ya ha sido respondida y por tanto la considero capciosa e impertinente. En este estado toma la palabra el tribunal y expuso: el Tribunal exhorta a la testigo que responda la pregunta: CONTESTO no se en realidad no se. QUINTA REPREGUNTA: Diga la ciudadana LEYDA ROJAS, si en algún momento ha vivido alquilada en una casa propiedad del ciudadano VICTOR LARES. En este estado solicito el derecho de palabra la Apoderada Judicial de la parte demandante y concedido como le fue expuso: Solicito muy respetuosamente a este tribunal relevar a la testigo de responder la pregunta de considerarla que no tiene nada que ver con el caso que nos ocupa. En este estado solicita el derecho de palabra la ciudadana demandada a través de su Abogado asistente y concedido como le fue expuso: pido a la ciudadana Juez que ordene a la testigo responder la repregunta anteriormente realizada ya que con ella busco establecer si existió algún tipo de relación comercial entre el ciudadano VICTOR LARES y ella. Es todo. En este estado toma la palabra el Tribunal y expone: el tribunal ordena a la testigo a responder la pregunta. CONTESTO: no nunca. Tengo mi casita propia. SEXTA REPREGUNTA: Diga la testigo como sabe y le consta que la ciudadana EDICTA ALBORNOZ, le debe los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2.008, al ciudadano VICTOR LARES. CONTESTO: si me consta porque al principio mas o menos del mes de julio mas o menos por ahí, yo vi discutiendo al señor Víctor con la señora Edicta Albornoz, que ella le debía varios meses de alquiler , eso es lo que yo escuche. SEPTIMA REPREGUNTA: Diga la testigo quien le solicito que viniera a declarar en este juicio. CONTESTO: el señor VICTOR LARES. OCTAVA REPREGUNTA: Diga la ciudadana LEYDA ROJAS porque motivo asistió a declarar en este juicio. CONTESTO: porque la justicia lo llama a uno tiene que acudir. No hay más repreguntas.- Es todo. Se termino, se leyó y conforme firman Es todo. Se termino, se leyó y conforme firman.-------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARÍA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON.
LA TESTIGO
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ABG. PARTE DEMANDANTE PARTE DEMANDADA
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ABG. PARTE DEMANDADA
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EL SECRETARIO,
ABG. JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA
MMUR/jlsm/jm.-
EXP. N° 2.623.-
En horas de Despacho del día de hoy, diez (10) de marzo del año dos mil nueve (2.009), siendo las once (11:00 am) de la mañana, día y hora fijados por el Tribunal para que tenga lugar el acto de la comparecencia del testigo ciudadano CARLOS ALBERTO LOBO ROBLE. Se abrió el acto previo el pregón de Ley dado por el Alguacil a las puertas del Despacho, se hizo presente un ciudadano que estando legalmente juramentado dijo ser y llamarse como quedo escrito, venezolano, de 22 años de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 17.463.902, de profesión T.S.U. Informática domiciliado en Pozo Hondo, Calle Industria Casa N°32, Ejido Estado Mérida y civilmente hábil. Impuesto de las disposiciones de Ley relativas a la Inhabilidad de testigos manifestó no tener impedimento alguno para declarar. Se encuentra presente la Abogada en Ejercicio CLARA GISELA UZCATEGUI, quien se identifico con el Inpreabogado bajo el Nro. 48.241, y funge como parte representante de la parte demandante y promovente de la prueba y la ciudadana EDICTA ALBORNOZ MARQUEZ, portadora de la Cedula de Identidad N° V- 8.001.240, debidamente asistida por el Abogado en Ejercicio FRANKI SALVADOR MARQUEZ CONTRERAS, quien se identifico con el Inpreabogado bajo el N° 105.742, quien funge como parte demandada en el presente acto. La parte promovente con el derecho de palabra procede a interrogar al testigo de la siguiente manera. PRIMERA PREGUNTA: Diga el testigo sobre generales de ley. CONTESTO: No me comprende. SEGUNDA PREGUNTA: Diga el testigo si conoce suficientemente de vista trato y comunicación a los ciudadanos VICTOR MANUEL LARES y EDICTA ALBORNOZ MARQUEZ. CONTESTO: si los conozco. TERCERA PREGUNTA: Diga el testigo si por el conocimiento que dice tener sabe y le consta que entre los ciudadanos VICTOR MANUEL LARES y EDICTA ALBORNOZ MARQUEZ., existe un contrato de arrendamiento escrito, sobre un inmueble para habitación ubicado en el barrio El Palmo, calle Principal, Avenida 2, N° 25-B, planta Baja, jurisdicción de la Parroquia Matriz, Municipio Campo Elías del Estado Mérida. CONTESTO: si se que existe un contrato de arrendamiento. CUARTA PREGUNTA: Diga el testigo si por el conocimiento que dice tener sabe y le consta que la ciudadana EDICTA ALBORNOZ MARQUEZ, no le ha cancelado los alquileres al ciudadano VICTOR MANUEL LARES de los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2.008, y que hasta los actuales momentos no le ha cancelado nada. CONTESTO: si se por que el 5 de enero el señor víctor yo escuche que dijo eso. No hay más preguntas.- En este estado solicita el derecho de palabra la ciudadana EDICTA ALBORNOZ MARQUEZ, a través de la asistencia de su Abogado en Ejercicio FRANKI SALVADOR MARQUEZ CONTRERAS, quien funge como parte demandada en el presente acto y concedido como le fue procede a repreguntar a la testigo de la siguiente manera. PRIMERA REPREGUNTA: Diga el testigo desde hace cuanto tiempo conoce al ciudadano VICTOR LARES y a la ciudadana EDICTA ALBORNOZ. CONTESTO: yo tengo por noción así por que yo tengo un negocio en el palmo y por eso como 4 años más o menos. SEGUNDA REPREGUNTA: Diga el testigo si durante todos esos años que dice estar conociendo al ciudadano VICTOR LARES, a mantenido una buena relación de amistad con el ciudadano. CONTESTO: no. TERCERA REPREGUNTA: Diga el testigo si tiene conocimiento de cuales son los meses que supuestamente la señora EDICTA ALBORNOZ, le debe al señor VICTOR LARES. CONTESTO: si se cuales son mas o menos cuales son de seis a siete meses creo que de junio del año pasado. CUARTA REPREGUNTA: Diga el testigo como se entero y en que momento que la ciudadana EDICTA ALBORNOZ, le debía esa cantidad de meses al ciudadano VICTOR LARA. CONTESTO: Como a finales de diciembre principio de enero y me entere porque yo estudie con la nieta de el y en ese momento que yo fui a la casa a buscar a la nieta este el estaba diciendo que la señora Edicta no le había pagado siete meses. QUINTA REPREGUNTA: Diga el testigo si es justo o no que la señora Edicta salga de la casa del ciudadano VICTOR LARES. En este estado solicito el derecho de palabra la Apoderada Judicial de la parte demandante y concedido como le fue expuso: Solicito muy respetuosamente a este tribunal relevar al testigo de responder la pregunta por considerarla capciosa e impertinente. En este estado toma la palabra el Tribunal y expone: el tribunal delega al testigo de responder la pregunta. SEXTA REPREGUNTA: Diga el testigo desde hace cuantos años conoce a la ciudadana EDICTA ALBORNOZ. CONTESTO: tengo tiempo como 4 o 5 años. No hay más repreguntas.- Es todo. Se termino, se leyó y conforme firman Es todo. Se termino, se leyó y conforme firman.------
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARÍA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON.
EL TESTIGO
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ABG. PARTE DEMANDANTE PARTE DEMANDADA
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ABG. PARTE DEMANDADA
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EL SECRETARIO,
ABG. JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA
MMUR/jlsm/jm.-
EXP. N° 2.623.-
En horas de Despacho del día de hoy, diez (10) de marzo del año dos mil nueve (2.009), siendo las doce (12:00 m) del mediodía, día y hora fijados por el Tribunal para que tenga lugar el acto de la comparecencia de la testigo ciudadana COROMOTO DE FATIMA BRICEÑO DE PEÑA, en el juicio llevado por este Tribunal Signado con el N° 2.623, cuya partes son: DEMANDANTE: VICTOR MANUEL LARES ASISTIDO POR LA ABG. WENDY YANIXIA QUINTERO ALVIAREZ.- DEMANDADA: EDICTA MARQUEZ ALBORNOZ.- MOTIVO: RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Se abrió el acto previo el pregón de Ley dado por el Alguacil a las puertas del Despacho, y por cuanto la mencionada testigo no se hizo presente el Tribunal DECLARA DESIERTO EL ACTO. Se deja constancia que para el momento del acto se encontraba presente la Abogada en Ejercicio CLARA GISELA UZCATEGUI, quien se identifico con el Inpreabogado bajo el Nro. 48.241, y funge como parte representante de la parte demandante y promovente de la prueba y la ciudadana EDICTA ALBORNOZ MARQUEZ, portadora de la Cedula de Identidad N° V- 8.001.240, debidamente asistida por el Abogado en Ejercicio FRANKI SALVADOR MARQUEZ CONTRERAS, quien se identifico con el Inpreabogado bajo el N° 105.742, quien funge como parte demandada en el presente acto. La parte promovente con el derecho de palabra expone: En nombre de mi mandante en razón de que por causas de fuerza mayor la testigo que estaba prevista evacuar a esta hora no se pudo presentar, solicito muy respetuosamente a este honorable tribunal, se difiera la evacuación de la testigo, para que presente su testimonio, para la hora y día que fije el tribunal dentro del lapso procesal correspondiente. Es todo. En este estado el Tribunal toma el derecho de palabra y expone. En vista de la solicitud realizada por la Apoderada Judicial de la parte demandante, este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, fija para oír el testimonio de la testigo ciudadana COROMOTO DE FATIMA BRICEÑO DE PEÑA, para el segundo (2do) día hábil de despacho siguiente al de hoy, a las ocho y treinta minutos (08:30 am) de la mañana. Con la advertencia que la parte promovente de la prueba presentara por ante este Despacho a la testigo el día y hora señalado anteriormente. Es todo.- Se termino, se leyó y conforme firman.--------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARÍA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON.
ABG. PARTE DEMANDANTE PARTE DEMANDADA
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ABG. PARTE DEMANDADA
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EL SECRETARIO,
ABG. JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA
MMUR/jlsm/jm.-
EXP. N° 2.623.-