REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, diecisiete (17) de marzo de dos mil nueve (2.009).-
198° y 150°
Vista la exposición hecha por el Secretario de este Tribunal, en donde da cuenta a este Tribunal que se trasladó el día viernes treinta y uno (31) de octubre del año dos mil ocho (2.008), al Conjunto Residencial El Molino, edificio X, apartamento X-3-2, piso 03, Municipio Campo Elías, Ejido Estado Mérida, a eso de las tres de la tarde (03:00 pm), aproximadamente, y fijó un Cartel de Citación librado al ciudadano JORGE LUIS MENDOZA DUGARTE, parte demandada. Todo en relación a la comisión conferida a este Tribunal por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en el juicio que lleva ese Tribunal bajo el N° de expediente 09626.- DEMANDANTE: MARIELA ELICAR CASTILLO.- DEMANDADOS: NINOSKA BETANCOURT NAVA y JORGE LUIS MENDOZA DUGARTE. MOTIVO: SIMULACIÓN DE LIQUIDACIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, además se observa que desde la fecha tres (03) de noviembre de dos mil ocho (2.008), han trascurrido, tres (03) meses, y trece (13) días, sin que la parte interesada hubiera consignado a los autos las Publicaciones en prensa del Cartel de Citación antes aludido de conformidad con lo establecido en el articulo 223 del Código de Procedimiento Civil, es por lo que este Juzgado ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal comitente en el estado en que se encuentran. Así mismo, por cuanto de la revisión de las actuaciones procesales que conforman la presente comisión, se observa que el mismo presenta tachaduras no salvadas en la numeración de su foliatura del folio ocho (08) al trece (13), ambos folios inclusive, este Tribunal de conformidad con el artículo 25 y 109 del Código de Procedimiento Civil, ordena se deje constancia por Secretaria de lo testado y corregido.- Désele salida y remítase con oficio.- CUMPLASE.-----------
LA…
… JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
EL SECRETARIO,
ABG. JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA
En cumplimiento de lo ordenado en el auto que antecede, el suscrito Secretario de este Juzgado ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA, de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil, HACE CONSTAR: Que este expediente presenta tachadura en la numeración de su foliatura a partir del folio ocho (08) al trece (13), ambos folios inclusive. Finalmente hago constar que la numeración testada “no vale”, en virtud de que la correcta es la que no se encuentra tachada.--------------------------------------
EL SECRETARIO,
ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, se remite constante de veintiuno (21) folios útiles con oficio Nº 2690- 180 y se registra su salida bajo el Nº 4.272-2.008 del libro respectivo. —
SANCHEZ MOLINA SRIO.
MMUR/jlsm/jm.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JURISDICCIÓN CIVIL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
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Ejido, 17 de marzo del 2.009.-
198º y 150º
OFICIO. Nº 2690-180.-
CIUDADANO.-
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.-
SU DESPACHO.-
Tengo el agrado de dirigirme a usted, en la oportunidad de remitir adjunto al presente oficio, constante de veintiún (21) folios útiles, las actuaciones Nº 4.272-2.008, relacionadas con los RECAUDOS DE CITACION, librada al ciudadano JORGE LUIS MENDOZA DUGARTE, parte demandada.- DEMANDANTE: MARIELA ELICAR CASTILLO.- MOTIVO: SIMULACIÓN DE LIQUIDACIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL.- Expediente Nº 09626.-
Remisión que se hace a los fines de que las presentes actuaciones sean agregadas al expediente principal.
ATENTAMENTE
ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON.
LA JUEZA TEMPORAL
MMUR/jlsm/jm.-