REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUIZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO MERIDA
198° Y 150°
EXPEDIENTE NRO. 7180
La presente causa ingresa a este Juzgado por demanda intentada por la ciudadana MARICELA DEL CARMEN INFANTE JEREZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nros.12.748.958, asistida por el abogado ARTURO JOSE BONOMIE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 65.344, CONTRA: NINFA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.046.152, de este domicilio y hábil. MOTIVO: DESALOJO .------------
Ahora bien, la demanda fue admitida en fecha 19 de Mayo de 2008, por este Juzgado. En fecha 05 de Junio de de 2008 diligenció el Alguacil Titular del Tribunal y consignó recibo de compulsa y sus correspondientes recaudos sin firmar, sin haberle sido posible lograr la citación personal de la demandada. En fecha 1º de Julio de 2008, solicitados como fueron, se libraron carteles de citación de conformidad a lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil. Se agregaron los diarios donde fueron publicados dichos carteles en fecha 21 de Julio de 2008, observándose que ésta última actuación es la que consta en el expediente, y como quiera que desde es última fecha, hasta la presente han transcurrido más de ocho (8) meses de inactividad procesal, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VERNEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Juicio. Se ordena la notificación de la parte actora, y una vez conste en autos su notificación comenzará a correr el lapso para interponer los recursos a que haya lugar. ------------------------------------------------------------------------------
Notifíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente sentencia.----------------
FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, Treinta y Uno de Marzo de 2009.
LA JUEZ:
DRA. FRANCINA M. RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA:
ABG. SUSANA PARRA.
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, previa las formalidades de Ley, siendo las Once de la mañana. Se libró boleta de notificación.
LA SECRETARIA.
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