REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Tres de Marzo de Dos Mil Nueve.
198º y 150º
Vista la Decisión de fecha 25 de Febrero de 2.009, en la cual este juzgado ordena la reposición de la causa, con el objeto de notificar a las partes intervinientes de la REANUDACIÓN del juicio principal esto de conformidad con los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil; es por lo que con objeto de complementar la misma, se les indica a los justiciables que la causa se reanudara luego que conste en autos la última de las notificaciones pasados que sean 10 Días de Despacho; esto en atención a la norma ut-supra señalada. En consecuencia, se ordena librar nuevas Boletas de Notificación con la referida indicación; y agréguese a los autos la boleta librada a la parte demandada en fecha 25-02-09.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.
EN LA MISMA FECHA SE CUMPLIÓ CON LO ORDENADO.
SRIA TIT.