REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

CIBIDO HOY, CUATRO (04) DE MARZO DE DOS MIL NUEVE (2009), EN HORAS DE DESPACHO, CONSTANTE DE DOS (02) FOLIOS UTILIZADOS Y SUS ANEXOS EN CUATRO (04) FOLIOS UTILIZADOS.-

SRIA. TIT.

JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, cuatro (04) de marzo de dos mil nueve (2009).-

198º y 150º

Por recibido, fórmese expediente, désele entrada y el curso de ley correspondiente y vista la demanda intentada por: LORENZO VIELMA RAMIREZ, asistido de Abogado, contra: YRIS JACKELIN ZAMBRANO CONTRERAS, por: RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y COBRO DE BOLÍVARES. Se admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público y a las buenas costumbres. En consecuencia, emplácese a la demandada de autos, para que comparezca por ante este Despacho en el SEGUNDO DIA HABIL siguiente a su citación, en horas de Despacho y de contestación a la demanda que hoy se providencia u oponga las defensas que le asisten.- Para la citación personal de la demandada, compúlsese el libelo de la demanda con su auto de comparecencia al pie y entréguese al Alguacil de este Despacho a fin de que practique la citación ordenada. En cuanto a la Medida Preventiva de Secuestro, se ordena la apertura del Cuaderno Separado en el cual se resolverá lo conducente.
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO
LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.

En la misma fecha se formó expediente, se le dio entrada bajo el N° 6374. Se libraron recaudos de citación.

SRIA. TIT.